Pared en medianería en vivienda

Hola, hace algún tiempo compre junto a mi hermano un solar con una nave, la nave se dividió por la mitad con un muro, el cual pagamos juntos, mi hermano ha cedido el solar a una hija, la cual va a ser una vivienda y quiere tirar el muro, pero no quiere hacer una pared para tapar mi parte mientras duran las obras.
Quisiera saber a quien corresponde hacer la nueva pared y en caso que la tenga que hacer ella, si se niega, como debo actuar.

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El art. 446 del Código Civil, señala que:
"Todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión; y, si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento establecen"
El art. 571 del Código Civil, establece que:
"La servidumbre de medianería se regirá por las disposiciones de este titulo y por las ordenanzas y usos locales en cuanto no se opongan a él, o no esté prevenido en el mismo"
Es obvio que cuando se construyó el muro, como usted manifiesta se acordó que los gastos corrían por mitades iguales, si bien no es menos cierto que no existe acuerdo escrito, aunque no sea realmente una servidumbre se podría equiparar a ella, porque hay una cierta comunidad de los propietarios contiguos sobre los elementos como en este caso, el muro, pero en definitiva no se trata de una servidumbre en su acepción jurídica porque falta el elemento esencial es decir que haya un predio sirviente y un predio dominante; tampoco hay acto de constitución de la servidumbre, ni exigencia de un propietario frente al otro para que se constituya como servidumbre legal, sino que se trata de un límite a la propiedad de la parte de cada uno en beneficio del otro o un acto que obedece a la voluntad concorde de los propietarios colindantes, en este caso a usted y su hermano.

Por lo que tendremos que acudir al acuerdo de voluntades o bien exigir el cumplimiento del mandato ínsito en el art. 446 CC porque usted -llegado el caso- será perturbado en el disfrute pacífico de su propiedad.
La pared nueva ha de correr por cuenta de quien ocasiona los daños en la misma, pero puedo entreleer en sus palabras que parece que su sobrina no está muy por la labor.
Propóngale, como signo de buena voluntad colocar unas placas de uralita puestas en vertical sujetas por una cimentación de hormigón a ver si mientra duran las obras, la paz reina en el lugar, pero que le firme un documento en el que se compromete a dejar las cosas en el estado anterior a que se procediera a su demolición parcial.
Si la respuesta fuera negativa, no tendrá más remedio que presentar la correspondiente denuncia por daños en su propiedad.
Ruego cierre la pregunta y valore.

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