Si estoy en ILT casi todo el año en curso puedo reclamar mis vales para vestuario, soy personal lab

Soy personal laboral fijo en una administración autonómica, soy del grupo V y tengo derecho a dos vales para ropa al año, durante el año 2011 estuve en ILT durante 9 meses y disfruté del primer vale para ropa a primero de año, cuando me he incorporado de nuevo en este mes de enero he solicitado el vale del cuatrimestre anterior. Querría saber si realmente tengo derecho a que me lo hagan efectivo.

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¿En qué Comunidad Autónoma se encuentra?

En la Junta de Andalucía

La ropa de trabajo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía afectado por el Convenio Colectivo en vigor (Acuerdo adoptado el 18 de mayo de 1989 y publicado en BOJA nº 45 de 9 de junio de 1989), a la que se refiere el VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía, nada dice que se pueda abonar en metálico en lugar de en especie, por lo tanto la respuesta a su pregunta es, no.

Ruego cierre y valore

Seguramente no me he expresado bien, cuando digo que si realmente tengo derecho a que me lo hagan efectivo no me refiero a que me den el valor en dinero del vale de ropa. Mi pregunta era que si al estar trabajando sólo 2 meses en el año 2011 a causa de mi ILT realmente tengo derecho a reclamar el segundo vale de ropa del segundo cuatrimestre.

Gracias.

Los derechos y obligaciones que son tácitamente renovables año a año, en lo que se denomina de tracto sucesivo, nacen el día 1 de enero del año a que se refieren y finalizan el 31 de diciembre del mismo.

Salvo que la norma lo contemple expresamente que por estar en esa situación no tendría derecho a dicho vestuario, y le aseguro que nunca se haría así por los problemas que acarrearía, su situación sea cualquiera excepto la excedencia, le han de hacer entrega de las prendas.

Ruego cierre y valore

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