Responsabilidad por accidente en deportes multiaventura
Fui con una empresa de multiaventura para practicar rafting, de ésta empresa me derivaron a otra para realizar la actividad. No recuerdo si firmé ese papel que dicen que te hacen firmar donde tú te haces responsable de lo que pase. La cuestión es que en mitad de la actividad de rafting, donde íbamos equipados con casco, traje, escarpines y chaleco salvavidas, nos ofrecieron saltar desde un puente de unos diez metros. Caí mal y me rompí la primera vértebra lumbar, por lo que me tuvieron que operar. Tengo mínimo seis meses de baja. En la empresa me dicen que como me tiré yo porque quise soy yo la responsable, me llevaron al hospital más cercano y me decían que como era fiesta no me gestionaban el traslado a mi hospital de referencia hasta pasados cinco días, por lo que me tuve que pagar la ambulancia al residir en otra provincia. Ellos se niegan a pagarme la ambulancia porque dicen que mi operación no era urgente y sobre todo porque hice algo que estaba fuera de la actividad. ¿Ellos no son responsables por nada? ¿No me corresponde ninguna indemnización? ¿Si íbamos a realizar rafting, quien es responsable de que en mitad de la actividad hagamos algo diferente? ¿Tengo yo toda la responsabilidad de lo que pase por haber aceptado a tirarme desde ese puente?