¿El jefe jubilado me puede mandar?

Mi empresa es una SL cuyos dueños son un matrimonio. Él está jubilado (se ha quedado ciego y tiene una pensión de gran invalidez) y la administración de la empresa la ejerce ella, pero él sigue dirigiendo la compañía a efectos prácticos. Mi pregunta es si como trabajador debo obedecer al mando del dueño jubilado o por el contrario las instrucciones debe dármelas la administradora directamente. ¿A quién estoy obligado a obedecer? Mi empresa es una SL cuyos dueños son un matrimonio. Él está jubilado (se ha quedado ciego y tiene una pensión de gran invalidez) y la administración de la empresa la ejerce ella, pero él sigue dirigiendo la compañía a efectos prácticos. Mi pregunta es si como trabajador debo obedecer al mando del dueño jubilado o por el contrario las instrucciones debe dármelas la administradora directamente. ¿A quién estoy obligado a obedecer?

3 Respuestas

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Independientemente de su situación personal y empresarial si la administradora da su aval para que dirija procesos tienes subordinación a esa persona.

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La pensión de jubilación es compatible con la titularidad de un negocio.. Lo que no se permite compatibilizar es la pensión con el desempeño de la actividad como autónomo y sólo se podrán realizar labores de dirección, expresadas en los términos que comprenden exclusivamente dictar instrucciones directas y criterios de actuación a las personas que tienen encomendada la gestión y administración de la empresa. Por tanto la continuidad de la actividad requerirá tener contratado al menos un trabajador, que sea el que efectivamente realice el trabajo inherente al negocio pero el titular del negocio o de la empresa puede seguir realizando funciones de dirección y organización. Por lo tanto si el titular del negocio es quien te da las instrucciones en el trabajo no te quedas mas remedio queacatar dichas instrucciones si no lo haces seria considerado como un acto de indisciplina y te podrían despedir del trabajo por ello además sin ningún tipo de indemnización.. De todas formas si te queda alguna duda puedes informarte en cualquier sindicato.. Si no te convence la respuesta y te queda alguna duda puedes seguir preguntando pero no dejes de finalizar la pregunta Valorandola como creas oportuno.. Es algo que agradecemos mucho las personas que dedicamos una parte de nuestro tiempo de forma totalmente desinteresada, para tratar de ayudar dentro de nuestras posibilidades a resolver algunas cuestiones sobre temas laborales sociales económicos o de diverso índole, que nos planteáis los usuarios de Todoexpertos además de que no se cobra nada por responder las preguntas el valorar el tiempo de los expertos es algo que agradecemos considerablemente.. Un saludo de josbian..

http://blog.sage.es/emprendedores-autonomos/la-jubilacion-de-empresario-y-la-continuidad-del-negocio/ 

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Por lo que comentas es una empresa familiar ¿no? Si la persona que está jubilada sigue estando activo a la hora de estar en la empresa e ir a supervisar el trabajo, y su mujer (administradora) se lo permite y está de acuerdo en que ejerza éstas funciones, creo que aunque esté jubilado deberías hacerle caso.

Es cierto que tu verdadera jefa y a quién debes hacer caso es a la administradora, pero si ella ha delegado algunas funciones en su marido, que a pesar de estar jubilado le hecha una mano en el negocio, es normal que debas también hacerle caso a él.

Tu problema es muy normal en las empresas familiares, no obstante si tienes dudas te aconsejo que acudas a la administradora como máxima responsable para que te aclare qué directrices debes seguir y de quién.

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