Condiciones para trabajar una vez jubilado

Después de preguntar en más de 5 administraciones de SS, nadie me sabe responder con exactitud. He preguntado también en Tesorería de SS, tampoco lo saben bien; me remiten al Inn.

A ver si algún todoexpertos, me puede aclarar dudas.

Tengo 70 años, me acabo de jubilar, 29 años cotizados. Me gustaría trabajar, en mi profesión, guía turístico, al menos un par de meses en el año. La opciones serian: 1) contrato por obras y servicio de la empresa por tiempo limitado, con baja en cobro de pensión en ese periodo. Pregunta: mi antigua empresa, u otra, ¿puede legalmente contratarme? ¿O puede haber algún impedimento legal?

2) Trabajar sin superar el sueldo mínimo anual interprofesional. En este caso, ¿puedo darme de alta como autónomo? Si no es así, ¿Hay algún tipo de recibo que pueda emitir a la empresa?

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Por norma general, no se puede percibir la pensión de jubilación y realizar trabajos por cuenta ajena o propia o trabajos para la Administración Pública en simultáneo. Sin embargo, existen excepciones a la norma que permite trabajar estando jubilado y sin que se genere una incompatibilidad con la percepción de la pensión de jubilación, a través de la jubilación parcial, para mantener la titularidad de un negocio o realizando trabajos remunerados​​ por debajo del salario mínimo interprofesional.

Jubilación parcial

La jubilación parcial permite que el trabajador por cuenta ajena, que haya superado una determinada edad y cumpla una serie de requisitos, se convierta en pensionista de jubilación y compatibilice el cobro de la pensión con un trabajo a tiempo parcial, en el que reduce su jornada y su salario entre un 25 y un 50%. Si queremos jubilarnos parcialmente a partir de los 61 años y medio siempre que cumplamos los requisitos de cotización, la empresa debe firmar un contrato de relevo con otro trabajador para poder optar a la jubilación parcial. En caso de querer hacerlo más tarde, a partir de la edad ordinaria de jubilación, no sería necesario firmar dicho contrato. La jubilación parcial lleva aparejada la minoración de la pensión de jubilación en proporción inversa a la reducción que se aplique a la jornada de trabajo.

En caso de querer hacerlo más tarde, a partir de la edad ordinaria de jubilación, no sería necesario firmar dicho contrato. La jubilación parcial lleva aparejada la minoración de la pensión de jubilación en proporción inversa a la reducción que se aplique a la jornada de trabajo. Esta minoración de la pensión de jubilación es durante el tiempo que se compatibilice el trabajo parcial y el cobro de la pensión, pero se volverá a cobrar el 100% cuando se deje de trabajar.

Empresario titular de un negocio

Otra opción de trabajar estando jubilado es la del empresario al que le llega la edad de jubilación quiere mantener la titularidad de un negocio y jubilarse. En este caso, el empresario se puede mantener al frente del negocio como titular y cobrar la prestación de jubilación, siempre y cuando no realice ningún trabajo o gestión, que deberán ser ejecutados por otras personas.

Trabajos con ingresos por debajo del salar​io mínimo

Un jubilado que percibe la prestación de jubilación tiene también la opción de realizar trabajos por cuenta propia o ajena, siempre que le reporten ingresos por un importe inferior al salario mínimo interprofesional en cómputo anual. Esto significa que puede hacer pequeños trabajos, proyectos y otras tareas remuneradas, siempre que los ingresos no superen los 9.906,40 euros,, que es la cuantía del salario mínimo par​a 2017.

En definitiva, es posible trabajar estando jubilado, siem​pre y cuando se reúnan una serie de características que dan este derecho. No obstante, hay que recordar que, en líneas generales, la percepción de una pensión de jubilación y un trabajo por cuenta propia o ajena son incompatibles.

Gracias Jordi. Todo lo que me has escrito es lo que me han dicho cada vez que he ido a la SS. Por eso, te comentaba mi situación, y preguntas concretas. Concluyo entonces, que no podre trabajar, como había pensado en un principio.

Gracias por tu tiempo y respuesta.

Un saludo.

Espero haberte ayudado con tu pregunta

Un Saludo

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