Usufructo de acciones,pisos... En herencia

Herencia, dudas

Hola, mi padre falleció hace 20 años, de forma repentina, sin hacer herencia supongo, con 52 años, desde entonces, de todas sus cosas, como pisos en alquiler, acciones, dinero en los bancos... Yo y mis 2 hermanos no hemos sabido nada.
  Quisiera saber, si por ejemplo, de los alquileres nos corresponde parte del dinero o es todo para mi madre legítimamente, yo tenía 18 años, y nunca me lo había ni planteado, pero mi madre se queda al mes con todos los alquileres.

Por otro lado creo que no tenían separación de bienes, no sé si eso es importante. Tampoco sé qué poder firmé, y si se puede revocar, puesto que le firmamos un poder en su día a mi madre, ni sé qué cosas están a mi nombre. ¿Para saber exactamente cual es mi patrimonio a dónde he de ir? ¿Al notario o registro de propiedad?
  Más vale tarde que nunca así que me gustaría saber qué pasa con todo lo que era de mi padre y qué nos corresponde a nosotros. Por ejemplo si había ej 10 millones de pesetas en el banco, ¿de quién eran? ¿Sólo de mi madre o de todos? El usufructo, el dinero del alquiler de pisos, locales, etc..., ¿es normal que se lo quede mi madre? 2/9 de los pisos figuran a nombre de cada uno de los hermanos, por lo que nos debería en principio corresponder la parte proporcional del dinero que generan los bienes inmuebles, creo.

1 Respuesta

Respuesta
1

De donde es Ud. (CCAA).

En principio, y si no interviniera ningún derecho foral, los hijos heredarían el 50% de los bienes gananciales) y el 100% de los privativos.

Si no desea tratar con su madre para averiguar sus propiedades, lo mas fácil es dirigirse al Registro de la Propiedad de la zona y pedir una "nota índice" dando su nombre.

Si Ud. recuerda que le firmó un poder a su madre, bien pudo ser una compraventa-donación hacia su madre en vez de un poder. Deberá dirigirese a la misma notaría donde firmó para revisarlo (ya que supongo que lo tendrá su madre).

Si tantas propiedades tiene, mas vale que busque un abogado, por que se augura una tormenta familiar...

hola , soy del Pais Vasco, no se si existe alguna ley foral distinta . El poder iré a revocarlo, que supongo se podrá , pero era algo así como poder absoluto para "hacer y deshacer" , eso sí recuerdo que dijo el notario.

 Privativos , significa que una propiedad de antes de casarse sería de sus hijos al 100% entonces? Los porcentajes de 2/9 +2/9 +2/9 +3/9 son de propiedad, entiendo que el 50% de gananciales de refiere al usufructo que generan, es decir que si se alquila algo en 900 euros y 2/9 es mío , o sea 200 euros, el 50% sólo sería mío , es decir 100 euros y los otros 100 euros tb de mi madre.

 Sí que es un tema desagradable, pero creo que se debe de afrontar de alguna forma. Trataré de ir a un abogado , con la información obtenida del Registro. Mi situación es que no puedo optar  por ejemplo a una vivienda de VPO  porque tengo patrimonio, el cual tampoco me genera dinero a mí.

  Gracias.

   un saludo

En el País Vasco, no sólo hay una normativa distinta respecto al territorio general, sino varias, según la provincia o, incluso, el municipio. En Vizcaya, el testador tiene la obligación de repartir un 80% de sus bienes (cuatro quintos) entre sus descendientes. Sin embargo, si tiene varios hijos, no tiene por qué darles a todos la misma parte. El testador puede otorgar el 80% de sus bienes a un único hijo. Esta normativa se encuentra vigente en Balmaseda, Bermeo, Durango, Ermua, Gernika, Lanestosa, Markina, Ondarroa, Otxandio, Portugalete, Plentzia y Orduña. También en las localidades alavesas de Llodio y Amurrio. En Álava, salvo las excepciones citadas, los testadores se rigen por el Fuero de Ayala para repartir sus bienes. Es una normativa muy laxa que otorga total libertad de concesión de bienes. En este territorio, si el testador lo desea, no está obligado a dejar posesiones a sus descendientes. En el resto del País Vasco (villas no aforadas de Vizcaya, municipios de Álava y Guipúzcoa), se aplica el derecho común. No obstante, en algunas localidades la ley otorga fuerza a la costumbre, que supone una flexibilidad casi absoluta.

Por suerte podemos ayudarle al tener despacho en Cantabria, puede pedirnos mas informción en [email protected]. Valoraríamos positivamente que valorara la respuesta...

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas