Cerrar S.L y pasar la nave a nombre de los socios

Espero que me podáis resolver algunas dudas. Tengo una S.L formada por 4 socios. Somos dos hermano y nuestros padres. El caso que el día que compramos la nave se puso a nombre de la empresa y me gustaría saber los pasos que hay que dar para cerrar la empresa y que la nave pase a nombre mio y de mi hermano. La empresa hoy día solo se dedica al alquiler de dicha nave, no tiene más actividad. Que gastos llevaría todos estos trámites.

2 respuestas

Respuesta
1

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado, que le estudie su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web.

Sin estudiar el caso concreto es complejo indicarle mucho. Pero normalmente, en la liquidación, se reparte el bien entre los socios, por lo tanto, si son cuatro socios, la nave pasaría a los cuatro.

Por lo tanto, una solución, suele ser la donación posterior de sus padres a ustedes, o incluso la venta.

Por otro lado, si la nave la quieren seguir teniendo en alquiler, puede que se mas sencillo y económico, la compra de las participaciones a sus padres.

En cuanto a los costes, dependen de muchas circunstancias, y en cualquier caso, deberán solicitar presupuestos a los profesionales que les ayuden.

Respuesta
1

La forma mejor de poner la nava a nombre de los socios es disolviendo y liquidando la sociedad... es un procedimiento sencillo, se hace una junta extraordinaria y se acuerda la disolucion y liquidacion de la misma. El problema es que en ese caso habría que adjudicar a los socios en función de su participación en el capital social (entiendo que 25% para cada miembro) y ojo porque habría una doble plusvalía, una primera la que le genera a la empresa por la diferencia entre el valor de mercado y el valor neto contable de la nave (con lo que dependiendo de que estemos hablando yo sería partidario de hacer una tasación por si agencia tributaria nos pide explicaciones de dicho valor) y otra segunda que tributarían los socios que viene determinada por la diferencia de la aportación realizada y el valor de los bienes recibidos.

Por eso primero de todo es muy importante analizar antes de nada cuales son las plusvalias (dobles como te digo) que se pueden producir por esa operaicón

Una vez que la nave fuera propiedad de los cuatro se podría hacer una donación de padres a hijos (habría que ver la ley de medidas fiscales de tu comunidad para ver si hubiera alguna exención). Se podría hacer también una venta de participaciones porque estaría exenta (artículo 108 de la ley de mercado de valores) pero desde hacer un par de años la ley general tributaria tipifico especialmente este tipo de operaciones con lo que hay un riesgo cierto.

No obstante antes de nada habría que saber cual es el motivo que os mueve a esto... tener una sociedad patrimonial tiene unos costes mínimos al año, tan solo presentar cuentas, libros e impuestos de sociedades... salvo que haya un motivo real y una vez que se ha constituido la sociedad patrimonial quizás lo mejor sea no moverlo

Espero haberos aclarado las dudas. Quedo a vuestras disposición

[email protected]

www.rmglobal.es

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas