Extinción de condominio tras divorcio

El 19 de agosto presentamos en el juzgado el convenio regulador de un divorcio amistoso, en el que todos los bienes se dividían de forma equitativa ( vehículos, ajuar,..).
A día de hoy estamos pendiente de ratificación del convenio.
La vivienda que es propiedad de los dos al 50 % ha quedado reflejado en el convenio e la siguiente forma:
"III. Atribución de la vivienda, ajuar y gastos básicos de su uso
Ambas partes están de acuerdo en compartir el uso de la vivienda conforme a la atribución de la propiedad que ostentan. Asimismo, ambas partes son responsables al 50% del pago de los gastos corrientes que genera la propiedad. Tales gastos, y esta lista no es exhaustiva, pueden ser: recibos de los suministros básicos (Electricidad, Agua, Gas), obligaciones derivadas de la propiedad (Comunidad de Propietarios y derramas especiales de la Comunidad de Propietarios) e impuestos y tasas (IBI-Basura). Asimismo, cualquier otro especial que no haya sido mencionado en este apartado pero que por su naturaleza corresponda a la propiedad del Bien. En cualquier caso, siempre se estará a lo dispuesto en el Código Civil español vigente en cuanto a losderechos y obligaciones emanados del régimen legal de la Copropiedad o Condominio.
IV. Derecho de retracto legal o adquisición preferente de ambas partes. Art. 1522 Código Civil.
Conforme al art. 1. 522 CC “El copropietario de una cosa común podrá usar del retracto en el caso de enajenarse a un extraño la parte de todos los demás condueños o de alguno de ellos.”. Ambas partes se reservan un Derecho de adquisición preferente en la compra de la vivienda conyugal. Dicho derecho consiste en la opción preferente de comprar al mismo precio que otro comprador el bien inmueble."
La vivienda se compro en 2002 por una valor de 100000€ y se hizo una hipoteca por el mismo valor.
La idea es que en un futuro que eparece no muy lejano yo me puedda quedar con la casa, quedan 60000€ de hipoteca, y hemos pensado que ha ella le voy a dar 30000€ ( 15000 en efectivo y los otros 15000 a 300€/mes).
¿Cuál seria la forma más económica de realizar el tramite de adquisición de la vivienda? ¿Y qué cantidades podrían ser más o menos? Ya que creo que por extinción de condominio son más económicas
Creo y imagino que el banco no me dejara quitarla a ella, sin modificarme la hipoteca, lo he hablado con ella y no hay problema, ya que tan solo nos quedan 12 años de hipoteca .

Respuesta
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El banco tiene la posibilidad de quitar a un titular de la hipoteca si la operación sigue siendo viable sin él, pero a efectos prácticos te advierto que las entidades de crédito no suelen desprenderse de algún titular sin pedir algo a cambio como pudiera ser el tomar a un nuevo titular (nueva pareja), avalista (familiares), o contratar algún producto con la entidad a modo de compensación.

No tienen porqué actuar o exigir nada a cambio pero es un modo habitual de proceder.

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