He renunciado a una herencia, ¿Puedo volver atrás?

Por falta de recursos económicos para afrontas las deudas que dejo mi padre fallecido hace unos años, me he visto obligada a renunciar a la herencia recientemente. Como soy bastante optimista y confío que mi situación económica mejore, mis preguntas son:

- ¿Puedo en un futuro hacerme cargo de las deudas y bienes que hoy en día he renunciado?

- En caso de que se pudiera, ¿hay algún plazo de tiempo estipulado desde que se renuncia hasta que uno quiere hacerse cargo de ello?

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Si la renuncia la has hecho en escritura pública no puedes recuperarla.

Si la renuncia la hiciste en documento privado, puedes revocarla en el plazo de 5 años siempre que se cumpla alguno de los siguientes requisitos :

1) Cuando ella ha sido hecha sin las formalidades prescriptas para suplir la incapacidad del renunciante a cuyo nombre ha tenido lugar, 2) Cuando ha sido efecto de dolo o de violencia ejercida sobre el renunciante, 3) Cuando por error, la renuncia se ha hecho de otra herencia que aquella a la cual el heredero entendía renunciar.

Espero haberte servido de ayuda. Para cualquier consulta te atendemos gratuitamente en [email protected] o en el 915487550

Wills&Laws

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