Si no estas dada de alta en ningún régimen de la seguridad social, la única posibilidad de quepuedas seguir acumulando cotizaciones para la jubilación es o bien dandote de alta como tranajador/ra) por cuenta propia o autonomo, pero si no tienes ninguna posibilidad de iniciar ningún tipo de actividad por cuenta propia loa única posibilidad de que puedas cotizar a la seguridad social es mediante la suscripción de un convenio especial con la seguridad social cuya cuantía tendrías que aportar de tu propio bolsillo y cuya cantidad estaría en función de la base de cotización máxima o la mínima a la que te quieras acoger tu para lo que tendrías que dirigirte a la tesorería provincial del INSS y solicitar toda la información al respecto, y despues y si te interesan las condiciones de la suscripción puedes suscribir el convenio hasta que empieces a trabajar por cuenta propia o por cuenta ajena y cuando te quedes sin trabajo puedes volver a suscribir el convenio nuevamente.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, Muchas gracias y un saludo Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, Muchas gracias y un saludo.. Hola que tal:Mira si no estas dada de alta en ningún régimen de la seguridad social, la única posibilidad de quepuedas seguir acumulando cotizaciones para la jubilación es o bien dandote de alta como tranajador/ra) por cuenta propia o autonomo, pero si no tienes ninguna posibilidad de iniciar ningún tipo de actividad por cuenta propia loa única posibilidad de que puedas cotizar a la seguridad social es mediante la suscripción de un convenio especial con la seguridad social cuya cuantía tendrías que aportar de tu propio bolsillo y cuya cantidad estaría en función de la base de cotización máxima o la mínima a la que te quieras acoger tu para lo que tendrías que dirigirte a la tesorería provincial del INSS y solicitar toda la información al respecto, y despues y si te interesan las condiciones de la suscripción puedes suscribir el convenio hasta que empieces a trabajar por cuenta propia o por cuenta ajena y cuando te quedes sin trabajo puedes volver a suscribir el convenio nuevamente.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, Muchas gracias y un saludo Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, Muchas gracias y un saludo..
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Conveniosespeciales/Regulaciongeneral/Regulaciongeneral/index.htm http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Conveniosespeciales/Regulaciongeneral/Regulaciongeneral/index.htm