Pregunta sobre rectificaciones de sentencias

Hace 4 años me divorcie de mi mujer donde vivia en malaga y yo volvi con mi familia a valencia, en la sentencia se le da a ella la guardia y custodia y yo tengo unas visitas repartidas por la distancia con mi hija de 9 años y mi hijo de 13 mi pago de pension es de 400 euros, indicarle que desde el divorcio la comunicacion con ella es practicamente nula ya que a estas altura aun sigen habiendo rencillas, el mes de julio traje a mis hijos todo el mes a valencia pues era la parte que me tocaba. Bien paso ese mes el agosto y en septiembre me dijo que me mandaba asi por que si el niño a valencia por que no podia con el ( el niño me lo metio en un avion y llego de madrugada) le hize que me firmara un papel donde decia que ella se haria cargo de la niña en todos los sentidos y yo del niño, bien estando aqui yo lo empadrone lo matricule en el instituto y demas cosas, pero el instituto me dice que un papel solo firmado por ella no basta por que pudiera ser que falsificara yo la firma me dijo el colegio que o bien por notaria o bien el mismo pael con testigos, pero ella se esta haciendo la remolona y yo ando con algo de susto con que ella pueda hacer alguna trastada. Bien mi pregunta es que puedo hacer sin tener que mover mucho por que si no como siempre nos veremos envueltos en juicios, ¿voy a juzgados y explico el caso? Hay quien me ha dicho que en juzgados puedo pedir unos poderes para que tenga yo a mi hijo hasta que haya una nueva regulacion, ¿qué puedo hacer?

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En el Instituto necesitan un documento de la madre. Lo mejor es que le pida a ella que vaya al notario o incluso puede hacerlo en la policia, firmando la autorización para que el niño conviva con usted.

En caso de que ella no lo haga, tendrá que instar usted una solicitud de modificación, que debe hacerla ante el Juzgado que llevó el divorcio. Debe pedirlo como medida urgentisima para que vaya más rápido.

Si conigue que ella firme el acuerdo "por las buenas", a continuación puede dejar de abonar la pensión, puesto que debe entenderse que ambas se compensan, lo que igualmente deberá comunicarle a ella, lo mejor, por burofax.

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Como bien señala el compañero que me precede, lo ideal es hacer las cosas con buena voluntad. Y para el caso de que no haya mutuo acuerdo, muy frecuente en estos casos tras divorcio, habrá que interponer demanda de modificación de medidas, que lo que pretende es modificar lo que se acordó, en materia de menores, en la sentencia dictada por los Juzgados de Málaga.

Al ser la sentencia que se pretende modificar dictada por los Juzgados de Málaga, es el Juzgado de Familia de Málaga (Primera Instancia Nº 5 y 6) quien debe resolver esto, siendo Málaga el lugar en el que se encuentra situado nuestro bufete.

Igualmente una vez metida la demanda se puede alcanzar acuerdo, mucho más recomendable para ambos pero, de no obtenerse dicho acuerdo, nada le empece a usted para reclamar lo que le corresponde.

Efectivamente, al momento de interponerse la demanda se puede solicitar que se adopten medidas provisionalísimas, al efecto de que, en tanto recaiga sentencia, se acuerde provisionalmente lo solicitado en demanda.

Le facilito nuestros datos para que nos contacte y le atenderemos personalmente:

Larios Abogados. Torre del Mar (Málaga)

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