Hola, quería modificar el convenio regulador que tenemos de mutuo acuerdo y solicitar la C.C.

Estoy divorciado hace 4 años y en el convenio tenemos los siguientes acuerdos: Guarda y Custodia para la madre, con el uso y disfrute de la vivienda que tenemos en común. Pensión de alimentos de 300€/mes. El régimen de visitas es, entre semana la mitad de los días( una semana dos y otra tres días) y fines de semana alternos, pero sólo se queda a dormir conmigo los fines de semana que le tengo, es decir cada dos, entre semana, le llevo con su madre después de cenar, a las 21,30.

Mi situación actual ha cambiado, pues estoy en paro, sin ningún subsidio, pues soy autónomo y quería solicitar la C. Compartida, de manera que los días que esté conmigo se quede a dormir y llevarle yo al cole al día siguiente, así lo tendríamos al 50%, solicitando por ello, la anulación de la pensión por alimentos.

También para el niño creo que es mejor, ya que todos los días le meto prisa para los deberes, ducharse, cenar e incluso para jugar... Tenemos que tener un horário para así llegar a la hora acordada. De esta manera estaría más tranquilo. El niño hace este mes 8 años, por lo que ya es mayor y está acostumbrado a estar un día con cada uno, Cuando era pequeño, consideramos que tenía dormir entre semana en la misma casa para que tuviera una estabilidad, pero es un niño que se ha adaptado fenomenal a todo.

Los domicilios de ambos distan entre sí unos 18 km, en localidades distintas, en la Comunidad de Madrid, siendo en tiempo que tardo en llevarlo a casa con su madre o al cole 16 minutos, por si influye para algo. Como estoy en paro, aunque para verano tengo trabajo, tengo posibilidad de llevarlo al cole sin problemas.

Mis preguntas son las siguientes:

- ¿Qué posibilidades tengo de que me concedan la C. Compartida y la anulación de la pensión alimenticia?

- Primero, ¿creo qué se lo debo comunicar a la madre de forma amistosa? Ya que el divorcio y el convenio fue amistoso y no tenemos muy mal rollo...

- En caso de que acepte, ¿qué tenemos que hacer?

- En caso de que no acepte, ¿qué tramites debo seguir?

- También, si me conceden la C. Compartida, ¿se puede solicitar por necesidades económicas la venta del inmueble que tiene como uso y disfrute?

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En primer lugar, y cambiando el orden de las preguntas, creo que debe intentarlo de manera amistosa, eso sí, teniendo ya todo preparado por si la respuesta es negativa, no tardar mucho en presentar la demanda.

Para conseguir la custodia compartida una vez que ya hay una sentencia, hay que solicitarlo a través de un procedimiento de modificación de medidas que exige la acreditación de una modificación sustancial, es decir, importante, de las circunstancias. Si esta modificación de circunstancias no se acredita no se cambian las medidas acordadas.

Respecto a las probabilidades serían necesario estudiar los antecedentes del asunto y la situación actual de usted y de la madre para darle una respuesta. Igualmente respecto a la venta de la vivienda. Si puede acreditarse que la madre tienen posibilidad de acceso a otra vivienda o que la venta es beneficiosa sí sería posible. Lo más importante en estos procedimiento es garantizar los intereses del niño.

Igualmente podrá solicitar la modificación de la cuantía de la pensión de alimentos aunque no le den la custodia compartida, en base a la circunstancia de estar sin trabajo.

Muchas gracias, lo primero que haré será proponérselo por escrito.

En caso de estar de acuerdo, que hay que hacer, acudir a un abogado para que lo tramite de mutuo acuerdo en el juzgado?

Y si no está de acuerdo, que tengo que hacer, acudir a un abogado para que presente la solicitud también en el juzgado? Por que supongo que para eso hará falta abogado y acaso un procurador, no?

Gracias.

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