¿Puede obligarnos el ayuntamiento a los 4 hijos a arreglar un patio (suelo sin edificar) sin haber aceptado ninguna herencia?
Somos 4 hijos y al fallecer nuestra madre ella no dejo testamento, y nosotros no hemos hecho nada al respecto de la herencia, pero el ayuntamiento quiere que arreglemos una finca porque el vecino se ha quejado por humedades, pero nosotros no hemos aceptado herencia de esa finca porque como digo no hay nada hecho y nuestra madre no dejo hecho nada ¿puede obligarnos? Tenía entendido que mientras no aceptemos esa herencia no concurrimos en ninguna obligación, pero por otra parte no sé hasta que punto, si nosotros no hacemos nada, quizá el ayuntamiento por su propia cuenta arregle ese patio por la humedades al vecino y pueda llegar a subastar esa u otra propiedad de nuestra madre fallecida, para cobrárselo, o cobrárnoslo a los futuros herederos en un futuro cuando nos decidamos a hacer el tema de la herencia. Si pudieran aclararme estos aspectos.