Mejor hacer contrato de Reconocimiento de Deuda o denunciar para Fogasa?

Hace más de 2 años mi empresa me debe una cantidad en concepto de nóminas que ronda los 20.000€. El hecho de haber llegado a esta situación es porque sé los proyectos que hay y sé que están retrasándose tanto en pagos como en ejecución con lo cual sé que no entra dinero, pero yo sigo "apostando" por la empresa ya que tiene mucho potencial y lo que nos ha pasado es por la crisis.
Realmente el dueño de la empresa lo que tiene son varias empresas pequeñas que se dedican prácticamente a lo mismo que ha ido abriendo para evitar problemas con acreedores y demás a los que supongo también deberá dinero. El caso es que a mi me tienen contratada al 50% en una de las empresas y al 50% en otra que hace el 100% de lo que sería mi nómina.
Muchos empleados no han podido aguantar la situación o han encontrado otro trabajo y se han ido de la empresa. La única forma de recuperar su dinero ha sido denunciando, pero las empresas se declaran insolventes y parece que no cobrarán nunca, o al menos sólo lo que les garantiza el fogasa que no es ni la cuarta parte de lo que les debe la empresa, quedando mal además con la misma.
La nóminas que me debe la empresa son acumuladas de varios años atrás, pero hasta que no se me abonen, no he firmado ninguna, aunque sí he hecho las declaraciones de la renta como sí hubiese percibido todos los ingresos.
En mi empresa me aseguran que según vayan entrando ingresos me van a ir pagando, pero que si denuncio harán lo posible para que no perciba nada y por supuesto quedaría mal con la empresa algo que no me interesa en absoluto porque en el caso de irme (que es lo que quiero hacer) me harían un despido procedente para que cobrara el paro normalmente, me darían carta de recomendación, y siempre tendría la puerta abierta de nuevo para cuando entrara trabajo.
Antes de irme, en vez de denunciar para poder cobrar "algo" del Fogasa, me he enterado que una opción sería hacer un contrato con el Gerente de la empresa de Reconocimiento de Deuda donde pondríamos la cantidad, el motivo por el que se me adeuda y los plazos de pago.
Mi pregunta es: ¿Es esta la mejor opción? Si la empresa se declarara insolvente, ¿es mejor que el reconocimiento de deuda sea por la empresa o por el administrador (dueño) de la misma?
Se que mi jefe (el dueño de las empresas) no tiene nada puesto a su nombre para no poder ir a por sus bienes, creo que lo tiene todo a nombre de su mujer o algún familiar, y también se que está constantemente creando nuevas empresas y abandonando las que tienen deudas...
Cuál sería la mejor opción en mi caso para recuperar mi dinero o al menos tener la opción de hacerlo si incumple el contrato de reconocimiento de deuda, ponerlo a su nombre personal o al de las empresas? ¿Existe otra opción mejor?
No se si me he explicado bien, necesito vuestra

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Respuesta

En cuanto las reclamaciones de salarios, solo se puede reclamar las cantidades de un año hacia atrás por lo que comentas, perderías más de la mitad del dinero que te adeudan.

Tienes la opción de hablar con la empresa y pactar que te reconozcan la deuda ante el servicio de mediación y arbitraje de tu provincia, con ese pacto podrías reclamar en vía ejecutiva si no te pagarán y ademas te salva guardas la posibilidad de que si la empresa cierra o hace un concurso de acreedores y no te pueden pagar podrás ir a reclamar al FOGASA esas cantidades.

Te aconsejo que te informes bien de todo porque estas cosas tienen unos plazos muy estrictos y si se te pasan te quedarás sin la opción de reclamar nada.

Gracias por tu respuesta.

Eso significa que con un reconocimiento de deuda diciendo por ejemplo que se me prestó ese dinero (sin poner que sea por nóminas), no tendré ese problema no?

Supongo que con lo de los plazos estrictos sólo te refieres al FOGASA no?

En el servicio de mediación de mi provincia pueden informarme de todo esto?

Gracias de nuevo.

No, los plazos son para todo. Mira yo siendo tu empresario y queriendo ser muy malo lo que haría es no pagarte, ya cuando me denuncies iría al servicio de mediación y te reconocería que no te he pagado, pero no te reconocería todo solo la parte que comprende el último año, es decir hasta 15 de noviembre de 2013 porque lo anterior a esta fecha ya te ha prescrito la posibilidad de poder reclamarlo, así que será un dinero que me voy ahorrar. De esta forma a mi me interesaría que cuanto más tardes en denunciarme menos te pagare de lo que te debía porque los plazos van corriendo.

El reconocimiento de deuda no es un papel firmado por el sino una papeleta administrativa y en el preceptivo servicio de mediación un reconocimiento de salarios impagados y con un pacto firmado ante el funcionario. Es muy importante que no te lo firme en un simple papel porque eso lo tendrás difícil de cobrar en caso de impago.

Haciendo el pacto en el servicio de mediación en caso de impago puedes ejecutar el acuerdo y si sigue sin pagar puedes ir a FOGASA.

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