Cuanto tendré que pagar el año que viene a hacienda

Tengo 30 años y vivo en Barcelona, estoy en el paro y pago un alquiler mensual de 400€, recientemente vendí un proyecto informático por 17.000€, puesto que necesitaba el dinero y la persona necesitaba factura, se la hice y le añadí el correspondiente iva, entregué los 3.570€ de iva a hacienda.
Me gustaría saber si tengo que hacer la declaración de la renta en este próximo año 2015, y en caso de que sí, aproximadamente cuanto tendría que pagar a hacienda por esa venta.

3 Respuestas

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Estoy exento de pagar, puesto que no llego a los 22.365,42 euros.

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Al haber realizado actividades económicas, usted ha de presentar declaración de renta.

En cuanto a lo que tendrá que pagar, dependerá de todos los datos económicos y familiares de usted...

Puede hacerse una aproximación, introduciendo los ingresos de la actividad económica (solo la base imponible), incluso podría haber deducir algún gasto como los autónomos, y el resto de sus datos personales en el programa PADRE de este año...

Pero yo no soy autónomo, más o menos cuanto tendría que pagar, como gasto solo tengo el alquiler que son 400€, nada más.

Como ya le hemos indicado, usted ha realizado una actividad económica y por lo tanto, ha de incluirla en su declaración de renta.

Nosotros no realizamos cálculos, pero usted puede introducir los datos en el programa PADRE del año pasado y hacerse una aproximación a lo que le tendrá que pagar o no...

La declaración de renta es algo compleja y existen mínimos exentos, cada tipo de ingreso tributa a un tipo diferente y hay una progresión en relación a los ingresos... por lo tanto, no es posible indicarle cuanto pagara sin hacer todos los cálculos.

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Al haber declarado el IVA en Hacienda, quiere decir que se dió de alta en Actividades económicas.

Todas las personas que se dan de alta en Actividades Económicas, están obligadas a realizar la declaración de la renta, independientemente si llegan o no al mínimo.

Aproximadamente para que se haga un cálculo, es un 20%, pero es aproximado, ya que un mes antes que se apruebe la Ley de renta, se modifican los tramos; pero más o menos calcule ese porcentaje.

También le comentamos, que vigile con el paro, ya que si usted no ha solicitado que le retengan IRPF en la mensualidad que le pagan, y este año ha tenido otros pagadores a parte del INEM, superará el límite que son 11.200 euros, y este ya es otra obligación de realizar la renta.

Esperamos haberle aclarado sus dudas.

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