Vaya, lo siento mucho. Esta claro que el alta médica de la incapacidad temporal no te van a dar, el problema viene si te denegaran la incapacidad permanente que, por lo que cuentas, no deberían ya que tus dolores te impiden trabajar.
Vayamos por partes:
Pregunta 1: (copio y pego tu pregunta): "si resulta que llego a un acuerdo con mi jefe y me "echan" e indemnizan entiendo que se extingue ya toda relación con la empresa y yo me pregunto que hasta que me concedieran la invalidez absoluta/total.. quién me pagaría?"
Estarías en la situación llamada "Pago directo" que consiste en que como estás de baja médica y ya no tienes a una empresa, digamos, detrás pues dependes de la mutua de la empresa. Esto se traduce en que es la mutua la que te pagaría y te harán un seguimiento de la baja médica (Tranquilo, en casos como el tuyo el seguimiento suele traducirse en hacerte la ficha y llamarte por telefono muy de vez en cuando para que les cuentes si tienes novedades en el tratamiento o en alguna prueba que te hayan podido hacer). La cantidad que cobrarás sí que varía ya que se cobra la misma cantidad que cobrarías si estuvieras cobrando la prestación por desempleo (tengas o no tengas derecho a la prestación por desempleo).
Pregunta 2: "si no me la concedieran y ya me han echado, qué ingresos tendría? o me quedaría con una mano por delante y otra por detrás?"
En el caso que te denegarán la incapacidad permanente, el INSS te daría el alta médica por lo que estarías en situación de desempleo y, si tienes derecho a la misma, podrías cobrar la prestación. Eso sí, el tiempo que hubieras estado en "pago directo" (lo que hemos hablado en la pregunta 1) se te descontaría del tiempo que tuvieras derecho al cobro de prestación. Tras ello, están los distintos subsidios a los que poder recurrir, por agotamiento de prestación, la ayuda familiar,...
Ahora bien, por lo que entendí en tu pregunta inicial, parece que en tu empresa se han ofrecido a despedirte justo antes de que te concedan la incapacidad permanente, ¿no? ¿En qué situación estás ahora mismo? ¿Has pasado ya por el EVI? Normalmente, desde que se pasa por revisión hasta que te dan la resolución pasa un mes o mes y medio y puedes ir vigilando tu expediente por internet para ver en qué pasos está. Lo puedes vigilar desde la web de la seguridad social (http://www.seg-social.es/Internet_1/index.htm ), clik en la derecha en Sede electrónica, arriba clica en ciudadanos, tramites con certificado digital, busca el que se llama ¿Cómo va mi prestación?. Necesitas certificado digital. Una vez entres, verás tu expediente con 8 pasos que unos aparecerán tramitados y otros pendientes.