Si hay luz, pero no ascensor "activado".

Es normal que un edificio de viviendas, el cual pertenece a un banco, si tenga luz en la escalera, ¿pero el ascensor no se encuentre en funcionamiento por no estar constituida la comunidad de propietarios?

Es que me parece extraño que si haya luz, pero el ascensor no funcione. O todo, o nada. Se trata de un edificio de 5 años de antigüedad, el cual se lo quedó el banco, y está ahora empezando a vender los pisos.

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Lo que les perjudica seriamente es que después de 5 años no haya constituida comunidad de propietarios, el banco busca sus intereses particulares y evidentemente en ellos esta tener los menos gastos posibles. Por este motivo no tienen dado de alta el ascensor.

Si no tienen comunidad no pueden obligar al banco a que pague los gastos de la comunidad pero si pueden constituir la comunidad de propietarios y obligar al banco a pagar los gastos que les correspondan de todas las viviendas que tengan en propiedad.

Cualquier vecino puede constituir la comunidad simplemente convocando al resto a la junta de constitución de la comunidad, esto les permitirá tener el control de su comunidad y elegir los servicios que consideren necesarios, con las empresas que ustedes elijan y con los precios y coberturas que necesiten.

Que siga pasando tiempo sin constituir la comunidad solo beneficia al banco que se ahorra estas cuotas porque el resto de propietarios al no tener un mantenimiento adecuado van a sufrir en el futuro estos problemas que probablemente terminaran en derramas que el banco cuando haya vendido los pisos no tendrá que pagar.

Tener el ascensor parado suele terminar en averías en el momento en que se ponga en marcha y en la perdida de las garantías del mismo por no haber tenido un adecuado mantenimiento.

Mi consejo es que constituyan la comunidad a la mayor brevedad porque el banco va a seguir intentnado no tener gastos y esperar a la venta de todos o la mayoría de los pisos.

Si necesitan ayuda para constituirla quedamos a su disposición.

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Si Ud. es propietario en ese inmueble puede solicitar la constitución de la Comunidad y poner en marcha los servicios comunes.

Es la típica triquiñuela de los bancos para tener menos gastos...

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Normal sí es, lógico no tanto. Pero la razón es más simple de lo que parece "si no está constituida la comunidad ¿quién se hace cago de su mantenimiento?"

Hola. Entiendo que el ascensor tiene un coste de manteniendo, pero la luz  la comunidad también tiene un coste ¿Quién la paga? ¿El Banco? Si es así ¿Porque ascensor no? Hasta que se constituya una comunidad de vecinos. En otros edificios pertenecientes a este mismo Banco, si he visto ascensor en marcha y sin constituirse aún comunidad. Saludos

Es correcto. Pero para dar en funcionamiento ese servicio deben enviar carta al banco para que lo habilite, ese es el procedimiento que se recomendado para esos casos, ya que es un servicio común. Recuerda que tu debes quedar con una copia con la firma de recibido del banco. Normalmente cuando llega esa carta entonces habilitan el ascensor en cuestión de ocho días calendario. Si pasado ese lapso de tiempo no han habilitado el funcionamiento del ascensor (cosa que dudo mucho porque ellos saben que la acción posterior es una demanda por limitar un servicio común) volverás a insistir, por escrito, que lo pongan en servicio. Si pasado ese tiempo no han solucionado nada, procede la denuncia

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