Duda sobre la tutela de discapacitado

Hola y gracias de antemano por la ayuda. Mi caso es el siguiente...tengo un hermano minusválido psíquico que actualmente y a la muerte de mi madre, vive solo con mi padre, el ya es muy mayor, por lo que en el momento de su fallecimiento siempre pensamos, tanto mi hermana como yo que mi hermano vendría a vivir con nosotras pero últimamente nuestra relación con mi padre se esta volviendo muy difícil y complicada, tanto que pensamos que mi padre esta haciendo testamento para dejarlo todo a nombre de mi hermano. Esto en si no nos importa pero si nos preocupa que deje alguna orden de que a mi hermano se lo lleven a alguna institución en vez de venir a vivir con sus hermanas a su muerte . La comunicación con mi hermano es fluida y el mismo nos expresa la preocupación de que esto pueda pasar ya que el está como loco por la posibilidad de venir a vivir a Madrid ( ellos están en Córdoba ahora) y solo le para la idea de dejar solo a mi padre..pero es que la convivencia con el es extremadamente difícil.

Mi duda es si mi padre hace eso que podríamos hacer nosotras por mi hermano? Me muero de pena de pensar que mi hermano se pueda encontrar solo en alguna institución cuando sus hermanas están ahí para cuidarle.

Espero su respuesta y gracias nuevamente

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Os dejo un articulo donde habla de la tutela y en quien recae:

http://noticias.juridicas.com/articulos/45-Derecho-Civil/200202-155592511021145.html 

Y resalto la parte importante de la Tutela:

Para el nombramiento del tutor, el Juez deberá atender al orden establecido en el artículo 234 CC y en atención al mismo, preferirá:

  1. Al cónyuge que conviva con el tutelado.

  2. A los padres.

  3. A las personas designadas por estos en sus disposiciones de última voluntad.

  4. Al descendiente, ascendiente o hermano que designe el Juez.

En defecto de las personas mencionadas en este art. 234, el art. 235 dice que el Juez designará tutor, a quien, por sus relaciones con el tutelado y en beneficio de este, considere más idóneo.

El problema es que efectivamente vuestro padre puede disponer en la última voluntad delegar la tutela a una institución, pero ya por ello la ley establece que un Juez puede designar al tutor según considere lo mas beneficioso. Por lo que, con las razones que aquí indicáis, es muy probable que podáis reclamar su tutela, más incluso si el se muestra positivo con la idea de convivir con vosotras.

Espero haber despejado parte de las dudas, aunque siempre son temas complejos.

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