La cotización en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) no cubre el desempleo, salvo quienes coticen por cese de actividad. ¿Para qué sirven entonces las cuotas obligatorias que el autónomo paga mensualmente? Sirven para la jubilación, asistencia sanitaria, maternidad, paternidad, incapacidades, etc, pero no permiten recibir ninguna ayuda al perder el trabajo.
Recomendaciones:
1.- En primer lugar, asegurarse de que ha comunicado su baja a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social, para quedar liberado de las obligaciones de cotización.
2.-Inscribirse como demandante de empleo, es decir, apuntarse al paro. Esto le permitirá acceder a cursos de formación, bolsa de trabajo y comenzar a ganar antigüedad como demandante de empleo. Cuando acuda al SEPE comprobarán si ha estado pagando el “extra” de la cotización por cese de actividad y si la tiene, analizarán si cumple los requisitos para solicitar el paro. También deberá pedir en el SEPE que le confirmen que no tiene derecho a ninguna ayuda del sistema público de empleo.
3.-Una vez que se tiene la certeza de que no es posible cobrar ninguna prestación, el único modo de acceder a las ayudas del INEM es lograr un contrato de trabajo que cotice por desempleo. Si no se logra encontrar ningún empleo, las ayudas disponibles corresponden a los servicios sociales de las Comunidades Autónomas. Son los llamados “salarios sociales” o “Rentas de Integración”.
Y no hay más. La mayor parte de los autónomos son conscientes desde hace mucho tiempo de que están solos a la hora de enfrentarse a la crisis. La operación propagandística del llamado “paro de los autónomos” solo sirvió para llenar titulares de los medios de comunicación, pero en el sector y en buena parte de la administración, son conscientes de que solo ha permitido que la Seguridad Social incremente su recaudación.
Hola he estado cobrando 6 meses de paro que me correspindian y luego he cobrado 426 euros durante 6 meses. Ahora he pedido lacreanudacion de subsidio de desempleo.y me la han denegado basbdose en que mi marido es autónomo y con una base de 918 euros y según el iva percibe 731.24 euros mensuales.. ¿para hacer el calculo de la unidad familiar la tendría que hacer en base a los 731? ¿O en base a que cifra? ¿Tengo derecho a algún tipo de ayuda? ¿Me puedo acoger a la srparacion de bienes que tenemos? Gracias - Nina ml