Poner clausula en escritura de una casa

Vamos a comprar una casa mi mujer y yo. Mi padres me ayudan con 40.000 euros.

Mi pregunta seria, si puedo poner una clausua en las escituras de la vivienda donde exponga que si nos separamos o fallecemos o nos quedamos incapacitados, sin tener hijo, ¿s se le devuelvan los 40.000 euros a mis padres o descedientes de ellos?

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Normalmente la escrituras de compraventa de una vivienda están redactadas con unas clausulas especificas y obligatorias, no obstante a veces se pueden incluir clausulas "adicionales", del tipo... cuando el vendedor necesita un par de meses después de la venta para sacar sus enseres y se marca una fecha límite para la entrega de llaves y que si ese tiempo se sobrepasa devenga unos intereses... etc.

En vuestro caso concreto yo lo haría de otra forma, ya que el tema que quieres especificar aunque es muy específico, necesita también de sus propias clausulas. Ya que tus padres entiendo que no van a ser propietarios de la vivienda, lo mejor es hacer en el mismo acto ante Notario, un documento privado donde se especifique el hecho en cuestión, con detalle y clausulas concretas, es decir, especificar en qué casos concretos se devolvería ese dinero, si devengaría algunos intereses en caso de impago... etc.

Otra opción sería, en el caso de que no compréis en gananciales, es que el porcentaje de vivienda correspondiente a esos 40.000 € se pusiesen a tu nombre, es decir, supongamos que la vivienda cuesta 200.000 €, esos 40.000 € corresponderían a un 20 % del precio, pues en el caso de comprar con carácter privativo (no gananciales) se podría poner que la vivienda es un 70 % tuya y un 30 % de tu mujer, pero en ese caso, tú eres el beneficiario de esos 40.000 €, no sé si esto tus padres lo aceptarían.

Pero si lo que queréis en realidad es que si ocurre algo, ese dinero se les devuelva a tus padres independientemente a todo, lo mejor es hacer un documento privado ante Notario referenciando esos 40.000 € a la compra de la vivienda concreta y que se especifiquen claramente las condiciones en las que habría que devolverlo. En caso de tomar esta decisión, comentársela directamente al Notario para que él redacte el documento tal y como es y os asesore más exactamente.

Espero haberte ayudado. Si necesitas cualquier aclaración, no dudes en preguntar de nuevo, si no es así, por favor, valora la respuesta para así poder seguir contestando a otros usuarios.

Un saludo.

Pedro T.

ASERFIN

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