Lo que a usted le planteó la empresa es una modificación sustancial de su contrato de trabajo, ante lo cual, caben 3 opciones:
1º Aceptarlo sin más, por estar de acuerdo con esa modificación.
2º "Aceptarlo" pero sin estar de acuerdo y, simultáneamente a la adopción de las nuevas condiciones, interponer demanda para impugnar esa modificación, con lo que se solicitará de un Juez que ordene su reintegro en las condiciones primitivas.
3º Solicitar la extinción de su contrato de trabajo, con derecho a paro (si cumple los requisitos de cotización) y con derecho a percibir una indemnización a razón de 20 días por año de servicio y prorrateos de los periodos inferiores al año y con un tope de 9 mensualidades.
Salvo para el caso de que opte por la opción 1º, le recomiendo que ponga el asunto en manos de un abogado, más que nada porque la empresa va a jugar a favor de ellos mismos y no de usted, y cualquier error, por mínimo que sea, será usado por la empresa en su contra.
Aprovecho para facilitarle los datos de nuestro bufete de abogados, por si desea contactarnos para este asunto y le atenderemos personalmente. Trabajamos en todo el territorio nacional.
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