¿Iva reducido en puertas de garaje?

Soy auto-promotora de vivienda nueva, ¿puedo exigir que me apliquen el 10% en la factura de compra de 2 puertas seccionales para un garaje?

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El IVA reducido para autopromotores debe aplicarse a las facturas de la empresa constructora y no a la de profesionales o negocios independientes.

Por ejemplo: El constructor contrata al fontanero. ÉSte hace el trabajo y le pasa la factura al constructor con el IVA al 21% (material incluido). El constructor posteriormente nos hace la misma factura a nosotros pero con el IVA al 10%. El resto del IVA que “pierde” el constructor ya lo recuperará cuando declare a Hacienda. Si ese mismo fontanero lo contratamos nosotros. La factura ira a nuestro nombre ya al 10% de IVA con los materiales incluidos.

Por otro lado compramos los azulejos a un almacén de materiales para alicatar nosotros el baño, el almacén nos pasará el I.V.A. de esos materiales al 21% independientemente si somos autopromotores o no.

Todas las facturas que proporcione el constructor tanto suyas como de sus subcontratas el IVA será del 10% en lugar del 21%, ya que es el IVA aplicable a autopromotores. En su caso la factura al ser directamente el negocio será del 2[url]rl]

Entonces  las puertas van al 21 o al 10/ ?

En el caso que describe se aplicaría el 21% de IVA.

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