Inquilino que no paga la renta
La inquilina que tenemos en nuestra casa debe el mes pasado y éste que corre aún no lo ha pagado tampoco.
Este mes vence el contrato de arrendamiento.
Queremos que se vaya, pero nos gustaría cobrar la renta, pues una vez que salga no sabemos si la cobraríamos facilmente.
¿Qué herramientas tenemos en nuestras manos? ¿Cómo podemos proceder?
1 respuesta
Antes de entrar en un proceso legal, te recomiendo que 1ro trates de averiguar cuales son los motivos de su retraso en los pagos, una forma muy eficaz es la de ofrecer un servicio, es decir: habla directamente con ella el punto del vencimiento del contrato, y pregunta si esta interesada/os en seguir ahí, y ofrece la misma renta sin aumento para continuar, pero que debe ponerse al día para ello, (debes ponerle fecha limite cercana para ello, días no semanas), si acepta espera que te pague a la fecha que acordaron, para el momento del pago, replantea el asunto de no poder seguir alquilando por por motivo, por otro lado, si desecha ella la oferta, ahí si debes de tomar el asunto más en serio, pues refleja la idea de quererse ir sin pagar incluso los meses faltantes, para contrarrestar esto debes preguntarle seriamente para cuando te paga el mes vencido.
Es mi humilde opinión. Suerte.
No tenemos contacto directo con la inquilina porque estamos viajando y todo está en manos de mi cuñada. A ella le ha comentado que tiene problemas con Hacienda y le han embargado la cuenta. Que en cuanto lo resuelva paga los dos meses. Eso puede ser mañana o puede ser no se sabe cuando.
Sabemos que también tiene problemas para pagar la luz.
El caso es que para nosotros es un verdadero problema que esta chica no pague porque la casa que está arrendando es la nuestra propia y necesitamos el pago para pagar nuestra hipoteca.
Gracias por responder tan rapidamente.
Un saludo.
Al menos ya sabes el móvil de su atraso, he tendo este tipo de casos en mis manos, en esta situación para que todos salgan ganando, tomando en cuenta que todos en algún momento tienen problemas económicos, siempre recomiendo que lleguen a un punto medio, dale el tiempo que ella piensa que puede resolver su problema, (2 a 5 días promedio), cumplido el tiempo y nada aún, tendrás que ofrecer una salida viable como alternativa, no renovación del contrato, y al menos el pago de la mitad de la deuda hacia arriba, antes de su retirada, pero si el desalojo al finalizar el tiempo, en un proceso legal perderías más de lo que se ganaría (incluye tiempo y dinero) y entrarías en disputas innecesarias.
Esperemos que todo salga bien para ambos. Suerte.
Hola, de nuevo.
Estamos un poco bloqueados y yo había pensado si el cambiar la cerradura de la entrada a la vivienda y no dejar pasar a la inquilina hasta que pague lo que debe, y no dejándole sacar sus cosas es algo que se puede hacer o ¿qué consecuencias traería?.
Gracias.
¿Cuándo arriendas o alquilas la habitación firmas algún contrato o acuerdo de inquilinato? Si es así, verifica que dice en la parte donde el inquilino o arrendado tiene faltas de pago (con esto puedes liberarte de consecuencias legales, creo que es a esto que te refieres) si no llevas ningún proceso legal de arrendamiento, no puedes optar por la fuerza para obligar a pagar, recuerda que para todo hay leyes y procesos legales y si existe un contrato no puedes hacer eso, y si no existe ese contrato menos aún. En mi opinión pide una garantía de pago, algo que sea de valor lo cual al vencimiento de le fecha puedas vender para recuperar tu dinero. Pero tendrás que resolverlo hablando directamente con la inquilina.
Hola.
Tenemos contrato de arrendamiento, y así cita:
NOVENO.- CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL ARRIENDO.- Serán causas de terminación del presente contrato de arrendamiento de vivienda, además de las legalmente establecidas y de las previstas en este contrato, las que expresamente se mencionan a continuación:
a) La falta de pago de una mensualidad, así como de las cantidades que, según contrato, corresponda satisfacer a la parte arrendataria.
Gracias, nuevamente.
Con esto ya estas ganando, pero te debes de dirigir a fiscalía para introducir la denuncia, y dejar expuesto que lo que quieres a parte del desalojo es el pago, por que es un pago comprometido, ellos trataran de mediar antes de llevar el caso más allá, pero si no se consigue solución, al final la obligaran a pagar fijándole cuotas y fechas para los pagos, y si no ella puede ser sancionada más severamente, a todo esto, trata de buscar por tu parte una forma más directa y rápida para resolver el caso, de lo contrario te llevara más tiempo en obtener tu dinero que del tiempo que dispones para usarlo. Pero no puedes resolverlo mediante la fuerza ni presión, puesto que ella podría tomarlo legalmente y entonces las cosas a tu favor cambiarían.
Un millón de gracias.
Trataremos de ver sus intenciones y si nos da algo en garantía, y sino deberá desalojar la casa lo antes posible.
En caso de que se revele lo llevaremos a la Fiscalía.
Son 800 euros su deuda, ¿llevarlo a fiscalía cuánto nos supone?
¡Gracias!
Te estamos sumamente agradecidos y aquí te dejo el enlace a nuestro blog de viajes para si te apetece nos conozcas un poquito.
www.surfeandoelmundo.com
Gracias, de nuevo.
Hola, nuevamente.
Abusando de ti un poquito te envío esto que recibí hoy. Es un burofax donde la inquilina delega en otra persona el pago del alquiler.
Verdaderamente no creo que esto sirva de mucho, ya que ni conozco a este señor ni creo que ella pueda delegar en nadie su responsabilidad.
Sus versiones de no pagar han ido cambiando: 1º inquilino en una propiedad que a su vez a ella no le paga, 2º cuenta embargada por Hacienda, y 3ª mi jefe me debe la nómina de varios meses.
Parte del burofax en el que no consta ninguna firma:
Segundo: Que por parte de este Burofax le indica que no tiene intención de renovar el contrato de alquiler establecido y cuyo vencimiento se producirá con fecha 30- Abril de 2.015.
Tercero: Manifestarle que a día de hoy las cantidades pendientes de liquidación corresponden a los meses de febrero, Marzo y abril.
Cuarto: Indicarle que las mismas serán satisfechas por D. Francisco xxxxx xxxx, con D.N.I. xxxxxxxxxxx, como administrador único de la sociedad Inversiones Costa Motril S.l. con C.I.F. nº B-xxxxxxxx.
Quinto: El pago de las cantidades pendientes se realizará a la fecha de terminación del contrato de alquiler de fecha 30- Abril- 2015, ya que como Administrador de la Sociedad le adeudo unas cantidades a su arrendataria.
Sext: Indicarle que la señora se ha puesto en contacto conmigo telefónicamente, para manifestarme que me hiciere cargo de las cantidades que su arrendataria le adeuda.
Séptimo: Manifestarle que el señor xxxxxx xxxxx, procederá a ponerse en contacto con usted la semana entrante del nueve al trece de Marzo, de manera telefónica, ya que se encuentra fuera de Barcelona.
A través de dicho Burofax, le comunico fehacientemente mi intención de llevar a cabo esta liquidación, dentro de la fecha establecida en el contrato que en su momento establecieron las partes.
¿Qué opinión te merece esto?
Gracias, nuevamente.
Hola, nuevamente.
Abusando de ti un poquito te envío esto que recibí hoy. Es un burofax donde la inquilina delega en otra persona el pago del alquiler.
Verdaderamente no creo que esto sirva de mucho, ya que ni conozco a este señor ni creo que ella pueda delegar en nadie su responsabilidad.
Sus versiones de no pagar han ido cambiando: 1º inquilino en una propiedad que a su vez a ella no le paga, 2º cuenta embargada por Hacienda, y 3ª mi jefe me debe la nómina de varios meses.
Parte del burofax en el que no consta ninguna firma:
Segundo: Que por parte de este Burofax le indica que no tiene intención de renovar el contrato de alquiler establecido y cuyo vencimiento se producirá con fecha 30- Abril de 2.015.
Tercero: Manifestarle que a día de hoy las cantidades pendientes de liquidación corresponden a los meses de febrero, Marzo y abril.
Cuarto: Indicarle que las mismas serán satisfechas por D. Francisco xxxxx xxxx, con D.N.I. xxxxxxxxxxx, como administrador único de la sociedad Inversiones Costa Motril S.l. con C.I.F. nº B-xxxxxxxx.
Quinto: El pago de las cantidades pendientes se realizará a la fecha de terminación del contrato de alquiler de fecha 30- Abril- 2015, ya que como Administrador de la Sociedad le adeudo unas cantidades a su arrendataria.
Sext: Indicarle que la señora se ha puesto en contacto conmigo telefónicamente, para manifestarme que me hiciere cargo de las cantidades que su arrendataria le adeuda.
Séptimo: Manifestarle que el señor xxxxxx xxxxx, procederá a ponerse en contacto con usted la semana entrante del nueve al trece de Marzo, de manera telefónica, ya que se encuentra fuera de Barcelona.
A través de dicho Burofax, le comunico fehacientemente mi intención de llevar a cabo esta liquidación, dentro de la fecha establecida en el contrato que en su momento establecieron las partes.
¿Qué opinión te merece esto?
Gracias, nuevamente.
Tienes toda la razón cuando dices que ella no puede delegar en nadie su responsabilidad, existe un contrato firmado y ese es el punto final, mi opinión, notificar por escrito que a menos que ella asuma su responsabilidad, llevaras el caso a tribunales de ser preciso, por faltas e irresponsabilidades en el cumplimiento en el contrato, también cabe destacar que en el oficio que mandes hagas notar como son los pagos establecidos, (me imagino que por adelantado), y no como ella quiera pagar, en este caso al finalizar el contrato, lo que yo considero, una barbaridad, también debes reflejar una fecha limite para los meses vencidos, y que no son tus asuntos los problemas económicos de otros, pero recuerda que debes de estar decidida a llevarlo.
Hola.
¿llevar a los Tribunales y ante la Fiscalía es lo mismo?
Disculpa la ignorancia.
Gracias y gracias.
Gracias.
Ya se le ha comunicado a la inquilina verbalmente que tiene que desalojar la casa y se le pondrá denuncia ante la Fiscalía, porque no ha aceptado con lo de dejar en depósito algo de garantía. El próximo lunes procederemos a enviar dicha comunicación por burofax.
Un millón de gracias. Y esperemos un final feliz.
Hola, nuevamente.
Si el juez no puede localizar a la inquilina porque se marchó de la vivienda y no hay otro paradero ¿qué sucede?.
Estamos hablando de reclamación judicial de rentas de alquiler por proceso monitorio.
Gracias.
Hola, de nuevo.
La demanda está en proceso y el juzgado a admitido a trámite la demanda y hecho requerimiento a la inquilina.
El tema ahora está en que la persona que nos representa tiene fobia a los juzgados y no quiere ir al juicio, por lo que ha decidido levantar la demanda, y según ella, podemos volver a ponerala cuando volvamos dentro de un año.
¿Esto es correcto? ¿no nos perjudicaría?.
Un saludo.
- Compartir respuesta