¿Cómo hay que informar de un alquiler a hacienda?

Quiero alquilar una vivienda, el beneficio se que se presenta en la declaración de la renta. Mi duda es si para empezar hace falta informar a hacienda de que se va alquilar la vivienda ya que en caso de inspección el primer año ¿Cómo pueden saber en Hacienda si tu intención es presentar ese alquiler o no en la siguiente declaración de la renta? ¿Hay algun tramite para empezar a alquilar la vivienda?

2 Respuestas

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Primero tienes que decir la comunidad autónoma y tu edad

Creo que esta la cosa regular. Si es vacacional el inmueble tiene que estar dado de alta en urbanismo como alojamiento turístico, en Barcelona esta muy grave la cosa. De todas formas no lo puedes desgravar,¿así qué para que declarar algo que a uno de grava y a ti no te desgrava? Lo veo un absurdo. Que te haga un recibo y un inventario y punto y si lo deseas un contrato particular.

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En principio el alquiler se tiene que hacer contrato yo recomendable es registrarlo, ya que tiene ventajas en el caso que haya problemas con el arrendatario.

Por el tema fiscal, simplemente has de ponerlo en la declaración de la renta como ingresos de bienes inmuebles. También hay derecho a algunas deducciones:

http://asesoramiento-legal.trabajos.com/fiscal-tributacion-de-ganancias-por-arrendamiento-de-viviendas/ 

El tema es que si el inquilino lo declara, porque le desgrava, pondrá tu referencia cadastral y tu DNI, por lo que si no lo declaras, es probable que hacienda realice una paralela de tu declaración, al no incluir esos datos.

Exactamente el alquiler seria vacacional por días o estancias cortas. Por tanto lo de registrarlo pues no seria muy rentable. Pero entiendo que se debería hacer un contrato por cada inquilino, aunque en este caso el inquilino no lo podrá desgravar ya que es vacacional. ¿Es así? Gracias

Si es para periodos cortos la cosa es bastante diferente.

Como siempre lo mejor es lo legal, pero si son importes tan bajos y tan eventuales, rozaría lo que se llama actividades esporádicas, se pueden declarar y facturar.

http://www.abogadosescobarysanchez.es/articulos/actividades-esporadicas 

A no ser que sea empresa, dudo que se desgrave ese importe.

Te doy un consejo que me comentó un amigo. El pedía siempre una fianza en un talón conformado, por la cantidad estipulada. Si en la devolución estaba todo correcto, lo devolvía al inquilino, que este lo destruía. Si había daños, pues ya lo hacia efectivo. Nunca ha tenido problemas, pero es una garantía que cobrarás la fianza, sí o sí.

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