¿Prescribe el asignar un uso residencial a una nave de aperos?

Tengo una nave de aperos construida legalmente bajo proyecto. Después de su construcción, en el catastro, aparecen dos referencias, una como rústica y uso agrícola y otra (la neve de aperos) como urbana y uso residencial.

Hice un escrito al catastro comentándole dicha incidencia, a lo que me contestaron que ya había prescrito (pasaron 4 años desde la construcción hasta dicha comunicación) y que ya no se podía rectificar.

¿Prescribe la catalogación de un uso?. ¿La nave de aperos mide 25 m2, es totalmente diáfana y no tengo suministro de agua y tengo que pagar IBI como si la estuviera utilizando para vivir? El ayuntamiento está al corriente de mi caso y dicen que no pueden hacer nada. ¿QUÉ HAGO?

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No deja de tener su gracia que esté usted en el caso contrario de todo el mundo: quiere mantener el uso agrícola de algo que podría ser residencial. Pero claro, eso es lo justo.

Lo que le han dicho en el Catastro es precisamente porque la gente que va a preguntar lo que quiere saber es si se ha consolidado con el paso del tiempo el uso, es decir: si pueden considerar urbano lo que en definitiva es agrícola.

De ahí la confusión. Por supuesto que usted puede exigir que la calificación urbanística sea la correcta, pues algo ilegal (calificación incorrecta) no puede afianzarse con el paso del tiempo en contra del propietario.

Vaya al Centro de Gestión Catastral o entre en la página web. Descárgese y rellene el modelo 904-N y le revertirán la calificación tal y como debe ser.

En cuanto al IBI pagado estos años, también lo puede reclamar, pero es en una instancia aparte, grapando los recibos y justificando que proviene de un error de la propia oficina de recaudación. Se puede hacer, y le devolverán el dinero.

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