Deudas sin pagar de una vivienda

Después de bastante tiempo en alquiler en un piso en el que el contrato estaba a nombre de la madre y esta hace más de 5 años que falleció y ha continuado la hija en la vivienda hasta que la hemos desauciado, ahora nos enteramos de que llevaba más de 1 año sin pagar los gastos de administración de la casa a los vecinos y tambén debe algunos recibos del agua.

¿A quién correspondería pagar ese dinero? Aproximadamente unos 1500€.

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Los gastos de administración - entiendo que te refieres a los gastos de comunidad de propietarios - son de cargo del propietario de la vivienda, salvo pacto en contrario.

Esto implica que la Comunidad de Propietarios exigirá al propietario que los pague, en este caso, vosotros.

Vosotros, como propietarios, podréis exigirle a la ex inquilina que os los pague si en el contrato indicastéis que sería el inquilino el que los abonaría.

La Comunidad de Propietarios no puede reclamárselo a la inquilina.

En cuanto a los gastos de agua, la compañía que la suministra los reclama a la persona a cuyo nombre consta el contrato de suministro. Por lo tanto, es el titular del contrato quien tiene la obligación de abonarlos, sin perjuicio de que luego los repercuta al consumidor final, esto es, el que realmente consumió el agua.

El contrato en su día se habría hecho con los gastos de la comunidad de vecinos a costa del arrendatario, entonces si la comunidad de vecinos no puede reclamarle las deudas ¿por que las hemos de pagar los propietarios de la vivienda?.

¿Se podría vender el piso a pesar de tener esas deudas con los vecinos?.

Un saludo y gracias.

El pacto que hiciste con la inquilina es un pacto entre partes que no afecta a la Comunidad de Propietarios.

En cuanto a la venta del piso, podéis venderlo pero la deuda seguirá existiendo y el comprador exigirá un certificado de la comunidad de propietarios para que se conozca si la vivienda está al día en el pago de las cuotas. Tendréis que negociar, por tanto, si el comprador accede a abonar estas cuotas a su cargo o bien os exige que las liquidéis vosotros.

Saludos

Estoy a vuestra disposición en EAE Abogados

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