Duda sobre la nulidad de una condición resolutoria
Un prestamista privado me concedio un préstamo, hicimos un reconocimiento de deuda y tuve que firmar una serie de letras, me he retrasado en el pago de algunas y ahora el prestamista me exige en un juicio verbal la totalidad del préstamo. Mi pregunta es si en un reconocimiento de deuda se pude anular la condición resolutoria, en este caso reclamarme las letras pendientes y esperara a que llegue el vencimiento de las otras o bien me puede exigir la totalidad. Gracias
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Respuesta de Juan Carlos Santos
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