La acción para reclamar la herencia tiene un periodo de prescripción de 30 años, contados desde la muerte del causante.
El documento de renuncia a la herencia que firmaron los hijos de su amiga es nulo de pleno derecho; pero los hijos que recibieron la donación de su padre han de aportar a la masa hereditaria el valor actualizado de las fincas en el momento del fallecimiento (o las mismas fincas, caso de tenerlas todavía). Es lo que se llama colación.
El patrimonio neto del fallecido estará compuesto por la mitad de los bienes del matrimonio con su amiga, pues esa sociedad de gananciales no ha sido disuelta. La cuenta será, entonces, la siguiente:
50% de todas las propiedades para la esposa, por disolución de la sociedad de gananciales con ocasión del fallecimiento.
30% del usufructo de la mitad correspondiente a su marido. Esto se llama "tercio viudal" y recae siempre sobre el tercio de mejora, que ahora le explico lo que es.
Una herencia se divide en tres tercios: uno primero que es la porción legítima de todos los hermanos, tanto de la primera como de la segunda compañera. Es renunciable, pero solo después del fallecimiento del causante. El segundo tercio se llama "de mejora", que el causante puede dejar a uno o a varios de su herederos legítimos. Es común dejárselo al hijo que cuida de sus padres en los últimos años. El tercer tercio es de libre disposición, se lo puede dejar a quien quiera.
Posiblemente en el testamento del marido de su amiga no exista mención a los dos hijos a los que donó esas fincas; pero tienen derecho a compartir con sus hermanos el primero de los tres tercios. Si es el caso, los hermanos de la segunda mujer se quedarían con el tercio de mejora y (posiblemente) el de libre disposición. Pero hay que traer a colación lo que se ha donado, porque para dispensar de la colación hay que decirlo de forma explícita, cosa que no ha ocurrido. Por tanto, las fincas engrosarán el patrimonio total del causante para fijar la base liquidable de los tres tercios. Una vez sus hermanos queden satisfechos de su porción legítima, lo que reste consolidará la donación.
Se les sugiere no dar por muerto a quien no lo está todavía, y no hacer repartos de lo que todavía es propietario. Puede que las Parcas tengan otros planes para cortar los hilos de la vida.