Tengo derecho a que me paguen los días festivos?

Trabajo en una tienda de ropa y complementos dentro de un centro comercial con un contrato de 40 horas semanales y 1 día de descanso.

Se trabaja todos los domingos y festivos y no se cobra nada extra por ello ni lo compensan con días libres.

¿Es correcto? ¿No deben pagar el doble los festivos?

¿Dónde puedo informarme de mis derechos?

¿En el contrato debe venir especificado el tema de domingos y festivos?

2 respuestas

Respuesta

En primer lugar, debe ver si en su contrato indica que trabajará de Lunes a Viernes o Sábados, o Domingos, ya que de eso dependerá la obligatoriedad o no de prestar servicios los Domingos.

Por otra parte, no sólo debe descansar 1 día, sino que el descanso mínimo ha de ser de día y medio ininterrumpido.

Respecto a los festivos, no tiene obligación de trabajar en tales días ya que se consideran horas extraordinarias, y éstas siempre son voluntarias para el trabajador. No obstante, no siempre tienen que ser abonadas al doble, sino que serán abonadas conforme indique su convenio de aplicación o, si no indica nada al respecto, al menos al mismo precio que la hora habitual o en descanso equivalente.

Si necesita que le asesoremos sobre cómo reclamar estas horas a su empresa, no dude en contactar con nosotros sin ningún compromiso.

Muchas gracias por la información, pero sigo teniendo muchas dudas...

En mi contrato si figura que son 40 horas semanales de lunes a domingo.

No siempre se respeta el día y medio de descanso... Te puede tocar cierre de tienda hasta las 22h, día de descanso y al día siguiente apertura a las 10 de la mañana.

No tenemos opción de no trabajar los festivos y al final de mes se pagan como cualquier otro día...

 Todos los jueves se pone el horario de la semana siguiente, pero hoy sábado han modificado el que pusieron el jueves siendo muy difícil planificar la vida familiar...

Hay turnos de 7 horas seguidas sin ningún tipo de descanso...

Me han hecho un contrato de tres meses con un mes de prueba...

Todo esto me parece abusivo ...

Que puedo reclamarles?

Insisto que es una tienda de ropa dentro de un centro comercial, tienen algún convenio especial?

Muchas gracias, de antemano.

Por lo que nos describe, son bastantes los incumplimientos laborales de su empresa.

Aunque en su contrato se especifique que su jornada es de Lunes a Domingo, el hecho de trabajar en Domingos puede retribuirse de forma superior a un día habitual si así se prevé en su convenio.

Como le comentamos, el descanso mínimo obligatorio es de un día y medio semanal, pero además, entre jornadas debe existir un mínimo de 12 horas de descanso.

Respecto a la jornada continuada de 7 horas, es igualmente un incumplimiento de las condiciones laborales ya que en las jornadas que superen las 6 horas debe existir un descanso mínimo de 15 minutos.

En relación con el convenio de aplicación, suele especificarse en el contrato, sino habría que conocer la empresa y su actividad principal, así como la provincia en la que presta servicios, para saber si se le aplica un convenio estatal, provincial o propio de su empresa.

Puede reclamar el importe correspondiente a las horas realizadas de más, en el importe que prevea su convenio (siempre como mínimo el salario hora habitual), así como exigir a su empresa que cumplan con las obligaciones laborales pertinentes.

Si necesita asesoramiento al respecto, no dude en solicitárnoslo sin compromiso.

Respuesta

Puede hacernos llegar copia del Contrato a [email protected] - Especialistas Jurídico Laborales desde 2002.

Y desde ahí, analizar la posibilidad de reclamar cuantía alguna hacia la Empresa, para la que usted presta sus servicios actualmente.

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