Cuanto vale escriturar la herencia

Mis padres han fallecido sin testar y han dejado una casa y un terreno (el terreno no tiene escritura). El valor catastral de todo es de 60000 euros.

Ya han pasado 5 años del fallecimiento por lo que los impuestos han prescrito

Somos 4 hermanos y quisiera saber cuanto vale legalizar la herencia a nombre de los 4

Cuaderno particional... Inscripcion en registro de propiedad ... Acta de notoriedad... Minuta de notario ...

2 Respuestas

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2

En primer lugar deben realizar una declaración de herederos al no existir testamento. Una vez realizada tendrán que hacer el cuaderno particional, escriturar la finca que no tiene escrituras y con posterioridad inscribir en el Registro de la propiedad a nombre de los nuevos propietarios.

Todo ello va en función del precio que se le ponga a los bienes y se lo dirán en Notaría.

todo eso lo hacen en la notaria?

Eso lo hacen los abogados que le recomendarán como hacerlo (pero la notaría es la que pone el precio)

Disculpa otra duda

El baremo va por el valor catastral (60000 Euros) o por el valor de mercado?

Pone el Precio de las Escrituras Públicas, el Registro de la Propiedad el precio de las inscripciones y el abogado le cobra por la gestión y asesoramiento.

Va por el precio que le recomiede poner el abogado (para pagar menos impuestos)

Entonces es requisito imprescindible recurrir a un abogado, ¿siendo herencia de padres a hijos?

Es que me habían dicho que al ser primer grado parentesco se tramitaba por la notaria no por juzgado

Disculpe pero no entiendo... si han pasado 5 años no esta exento de impuestos?

No es obligatorio el abogado, pero será quien le recomendará la forma más económica o conveniente de hacer las cosas.

Por otra parte el ISDAJD si estaría prescrito, pero si tendrá que pagar plusvalía municipal.

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Ojo con la prescripción. Los cinco años empiezan a contar a los 6 meses del fallecimiento que es cuando termina el plazo para declarar el impuesto. O sea son 5 años y 6 meses. De todas maneras, aunque no hubierais esperado 5 años, con 15000 euros por hermano, tampoco habríais tenido que pagar.

Soy abogado, pero en mi opinión en este caso no se necesita para nada un abogado. Al ser hijos del fallecido basta con un acta de notoriedad, que os hará el mismo notario. Tendréis que llevarle dos testigos que afirmen que os conocen, que sois los hijos y que no hay mas hijos. El notario hará el acta que se tendrá que poner a exposición pública para que si hubiera alguien ( por ejemplo un hijo ilegítimo o cualquier otro interesado) se pudiera enterar. Cuando alguien muere sin testamento puede ser necesaria la declaración judicial de herederos ab-intestato, pero si sois hijos no hace falta; si fuerais por ejemplo hermanos, si haría falta.

Todos los trámites os los harán en la notaría. Luego cuando os den la escritura de propiedad habrá que liquidar el impuesto de sucesiones, que aunque haya prescrito y no haya que pagar, hay que declarar igualmente. Lo podéis hacer vosotros con un programa que se descarga como cuando se hace la renta, o podéis pedir ayuda en la agencia tributaria. También podéis encargarlo a una agencia e incluso hay notarios que se ocupan de esa gestión, pero os cobraran honorarios y los podéis ahorrar.

El cuaderno particional sólo es necesario si queréis repartir y que cada uno tenga su parte. Si no queréis hacer la partición, por ejemplo porque vais a vender y ya repartiréis el diero, queda la herencia entera pero con cuatro titulares y os ahorráis el cuaderno particional y luego las cuatro escrituras individuales.

Buenos días

Gracias por la respuesta

Al hilo del acta de notoriedad... Una hermana que vivia con nuestros padres tubo un hijo de soltera y en el libro de familia de nuestros padres está inscrito este hijo de ella en el apartado de hijo de ellos.

Significaría que al estar inscrito el nieto como hijo en el libro de familia sería una parte más en la herencia?

Gracias

Si el hijo de tu hermana todavía consta como hijo, efectivamente sería un hijo más. No importa si no es hijo biológico, tampoco los son los hijos adoptivos y tienen el mismo derecho.

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