Duda sobre la Prueba de ADN

Una consulta sobre que consecuencias puede tener pedir una prueba de adn ya que mi tío reconoció a su hija y nunca tubo dudas pero ahora que ya llevan años separados con su mujer le entró la duda y aparte se están divorciandondo y el paga pensión de alimentos a su hija, ¿y no sabe si pedir una prueba de ADN ya que le han dicho que si llega a salir positiva su mujer le puede hacer una contra demanda por daño moral o algo así conveniente o no? Alguien me podría orientar por favor

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La prueba de ADN ha de acordarse en el seno de una impugnación de paternidad. Esta impugnación se puede plantear durante los primeros 365 días siguientes a la inscripción en el Registro Civil. Es decir: si su prima tiene más de un año de edad desde el momento en que fue inscrita, no es posible pedir prueba judicial de ADN. Aunque su tío supiese por otros medios que su hija no es biológica, legalmente jamás podrá cambiar su paternidad, ni renunciar a ella, ni cuestionarla. Está consolidada para siempre y aún después de su muerte, pues su hija le heredará.

Si presenta una demanda de impugnación de la paternidad, el juzgado le negará la tramitación de la misma y le devolverá los papeles.

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