Si vas a dedicar la venta al consumidor final debes darte de alta con recargo de equivalencia, puesto que comprarás productos y los venderás sin elaborarlos ni manipularlos.
Debes tener en cuenta que sólo podrías renunciar al recargo de equivalencia si tus ventas van a ser al menos el 80% a profesionales o empresarios cumpliendo una serie de requisitos.
Ahora bien, el régimen de IVA de recargo de equivalencia es algo que no puedes elegir. En cuanto a los módulos que comentas puedes acogerte a ellos para el tema del IRPF o renunciar expresamente para acogerte a estimación directa, es algo a valorar dependiendo de varios factores.
Debes darte de alta en hacienda en al 037 y en la seguridad social como autónomo, debes valorar muy bien dependiendo de tus características si tienes derecho a algún tipo de bonificación en la seguridad social. Tienes obligación de enviar tu 037 a todos tus proveedores.
Suerte en este nuevo viaje. Si quieres liberarte del tema papaleo, tenemos tarifas muy ajustadas para nuevos emprendedores y puedes consultarnos sin nigún compromiso ya que lo gestionamos todo de forma online.
Esperamos haberte ayudado.
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