Herencia a un hijo de una vivienda en vida

Mi madre (en vida) el 2014 pasó en herencia una vivienda a mi hermano. Esta vivienda era Propiedad exclusiva de mi madre desde 2010 ya que la heredó a la muerte de su hermano (el la había testado a su favor, no tenia hijos ni esposa). Mi pregunta es si mi madre al hacer la declaración de la renta de 2014 debe incluir esta herencia.

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Si a lo que te refieres es que tu madre ha donado la vivienda, debe incluir en su declaración de la renta la alteración patrimonial, es decir, declarar la ganancia o perdida patrimonial producida por la donación de la vivienda que será la diferencia entre los siguientes importes:

Valor adquisición: valor declarado en escritura de herencia de 2010 + gastos.

Valor transmisión: valor declarado en escritura de donación 2014 - gastos.

Ademas hasta la fecha de transmisión debe tributar esa vivienda como "a disposición del titular".

Hola, muchas gracias por la respuesta. Pero no sé a que te refieres con el ultimo párrafo "hasta la fecha de transmisión...". La transmisión ya está hecha, mi hermano es pleno propietario.

Por otra parte si en esos cuatro años la vivienda se ha revalorizado algo,  ¿Se supone que ha habido ganancia patrimonial? pero al pasársela a mi hermano, ella no tiene ningún beneficio, ni lo ha tenido desde que ella mima lo heredó.

Saludos

Me refiero a la imputación de renta inmobiliaria. Cuando se posee un inmueble que no es vivienda habitual ni está arrendado, lo que se suele denominar como "vacio" se debe tributar según el valor catastral. En este caso la parte proporcional desde el 1 de enero hasta el día de la donación.

Aunque tu madre no ha obtenido beneficio ni ha habido transacción económica, sí que ha habido alteración patrimonial, y se debe declarar en renta, por ello es muy importante el valor que se estableció en sendas escrituras para determinar esa ganancia o pérdida.

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