Contratación de servicios en comunidad de propietarios

Recientemente hemos cambiado de administrador de fincas y nos hemos enterado de que el jardinero que trabaja en la comunidad ni está dado de alta en la seguridad social, ni tiene contrato firmado con la junta de vecinos ni emite factura (ya que legalmente no cotiza). El problema es que es vecino de la comunidad y ademas no paga la cuota de la comunidad.

La pregunta es si ¿para contratar legalmente a uno hay que hacer algo con este señor (indemnización etc)?

¿Es necesario proponer mas de un presupuesto en la Junta o con uno vale?

¿Puede tomar alguna represalia legal contra la nueva administración de fincas o contra la comunidad?

2 respuestas

Respuesta
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El señor mencionado recibe dineros por la labor hecha o está trabajando para pagar su cuota a la comunidad. Solo en el último caso no es un contrato laboral.

Todo el dinero que  le pagamos va para el y además no paga a la comunidad, es decir no se detrae dinero para el.

Gracias

Solo dejen de pagarle y empiecen a cobrarle la cuota de la comunidad.

Respuesta

Este es un tema complejo, lo único que le puedo decir es lo que dice la última sentencia del TRIBUNAL SUPREMO sala cuarte de fecha 20 de enero de 2015. Que si es un contrato de arrendamiento de servicios no es un contrato laboral y por lo tanto no habría relación laboral.

Hasta ahora se entendía que si se trabajaba para la comunidad aunque fuera sin contrato pues era como si fuera contrato pero tras esta sentencia parece que depende.

Muchas gracias pero me podria decir donde encontrar esa sentencia, la busqué en la página web pero no la encontré.

Además para ver si lo he entendido, ¿este tipo de contratos/arrendamientos, es como el que se hace al alquilar un piso o "alquilar" los servicios de una señora para que limpie el hogar?

Gracias por su paciencia

Es algo similar a un arrendamiento de un inmueble. Decir también que esto es una sentencia y en primera instancia puede decir el juez otra cosa. Recomendación, lo primero que debieran hacer es hablar con este señor y explicarles la situación, decirles los problemas que puede tener la comunidad por estar en la situación que están con él, y decirle que hasta el momento no tenían conocimiento de ello. Sólo cuando entro su administrador nuevo que se lo explicó.

La sentencia http://www.mundojuridico.info/relacion-laboral-de-la-limpiadora-con-la-comunidad-de-propietarios/ 

Con relación a todo esto, decir que todo lo que pueda demostrar el jardinero son las pruebas a tener en cuenta para ver si había una relación laboral o no.

Con relación a que no pague cuotas de comunidad, pues lo que le han comentado en las otras respuestas. Ustedes aprueban presupuestos en el acta y pasan la cuota, y sino hubo nada escrito le pasan la cuota desde donde ustedes se la tengan puesta.

Aun así aconsejo hablen con su nuevo adminsitrador que conocerá mejor su caso.

Un salud y suerte.

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