En primer lugar, debo decirte que si tu madre falleció antes que tu abuelo, no pudo heredar nada de él, porque los muertos no heredan. Deberías informarte del testamento de tu abuelo. Si no lo tienes, tienes derecho a solicitar las últimas voluntades, pero si tu no sales en el testamento, en principio no te dirán lo que contiene. Sin embargo, acreditando que eres hija de tu madre, te lo tendrán que facilitar porque tienes derecho como mínimo a la legítima que correspondía a tu madre. Repartida con tus hermanos si los tienes.
Tu abuela, por supuesto, no puede dejar en testamento lo que no es suyo.
Es importante saber si tus abuelos al casarse firmaron capitulaciones o algún tipo de documento sobre sus bienes. Si no es así, en Ceuta todo lo que tienen y lo que adquieren, pasa a ser compartido con el cónyugue. Aunque la casa y las tierras fueran de tu abuelo o las hubiera heredado, seria de tu abuela la mitad.
En cuanto al nuevo testamento de tu abuela y a su incapacitación, tambien habría que ver las fechas pues si, por ejemplo, hace testamento hoy y la semana o el mes que viene solicitan la incapacitación, se podría argumentar que cuando hizo testamento ya era incapaz, sobre todo si hay informes médicos en este sentido anteriores al testamento.
Pero esto que te dicen de pedir nuevas revisiones médicas, no es tan fácil. La incapacitación es un procedimiento judicial y para incapacitar a una persona es necesario que la visite el médico forense y certifique que no tiene capacidad suficiente. Si esto se ha hecho es casi imposible echarlo para atrás.
También deberías decir la fecha en que falleció tu abuelo. Contéstame todo lo que sepas y te responderé, porque las respuestas que te han dado no son exactas.