Sanción de inspección de trabajo por un trabajador sin dar de alta en la seguridad social un Domingo

He recibido una sanción pese ha dar de alta al día siguiente, sigo con este empleado los fines de semana pero desde hace un mes que tuve esa inspección me ha llegado una carta notificándome que piden 3126€ por ese hecho . Mi pregunta es la siguiente : se puede recurrir en base ha no poder un domingo contactar con la gestora y también saber si es verdad que tenemos 5 días para hacer esta gestion?

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Respuesta

El alta debe ser el día antes, al menos. Si fuese inhábil entonces sería antes de tal día. Nunca se puede dar un alta posteriormente.

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