¿Cómo proceder ante una herencia pactada mediante contrato privado?

La cuestión es que antes de fallecer mi madre (mi padre ya había fallecido), se acordó mediante un contrato privado firmado por todos los hermanos que, en el momento en que falleciese, yo me quedaría con la casa donde vivíamos a cambio de dar 200.000 pesetas a cada hermano. Y así se hizo. Actualmente, han pasado 10 años desde su fallecimiento y mi intención es alquilar o vender la vivienda pero todavía no está a mi nombre. ¿Cómo debo proceder y que gastos me conllevaría?

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Yo si veo que puede haber un problema. Si fue tu madre la que hizo un pacto con vosotros, entonces hay que respetarlo, porque es un compromiso que ella adquirió, pero si lo hicisteis vosotros sin la intervención de ella cuando aún vivía, su herencia aún no existía y no podíais repartirla. Ella si podía repartir sus bienes pero vosotros no, porque no eran vuestros.

Si lo pactasteis con tu madre y tienes documentos que acreditan el pacto y que diste el dinero a tus hermanos, te debería bastar con llevar esos documentos al notario.

Pero si lo hicisteis por vuestra cuenta tendréis que ir todos los herederos al notario y ellos deberán manifestar que en su día te vendieron y cobraron su parte. Luego el notario ya te podrá hacer la escritura para que registres la casa.

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Si ese contrato privado está por notaría no tienes ningún problema en alquilar. Si ese contrato no está por notaría deberás ir allá para que te orienten como hacer el paso de escrituras a tu nombre.

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