Camino indebido en solar urbano

En un solar urbano de mi propiedad han empezado a pasar coches, supongo que con el propósito de atajar algo (aunque no mucho), y está poco a poco haciéndose haciéndose una especie de camino en mi terreno, que bajo ningún concepto quiero que eso se pueda llegar a consolidar. Pregunto: ¿Es legal poner una cadena o un obstáculo suficiente para que no puedan seguir pasando?. Es un pueblo de Segovia.

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Eso jamás se puede consolidar como vial, porque las vías ya están trazadas y dentro de un plan general, al ser un solar urbano. Por tanto, la aparición de una vía fuera de ordenación requeriría una expropiación (de todo el solar) más la variación del plan general, lo cual es algo impensable. Por lo demás, nadie hubiese podido reclamar la conversión en servidumbre de paso, porque para eso tiene que estar identificado el usuario que precisa de la vía; y desde luego ninguno de los que quieren atajar lo es.

En cuanto al cerramiento de su solar, en el ayuntamiento le dirán qué altura y materiales puede usar para hacerlo, le despacharán previo pago el correspondiente permiso y podrá usted ejecutar la obra a su satisfacción.

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Pues si, puede cerrar, vallar, poner cadenas, etc. Segun el tipo de obra de que se trate, necesitará licencia municipal.

Pero no se preocupe usted por el hecho de que pasen, porque el planeamiento urbanístico no contempla ningún vial dentro de su terreno, pero además el Código Civil dispone que la propiedad se presume libre y no se presumen las servidumbres, por lo tanto usted no debe demostrar nada, son los que pasan por allí los que llegado el caso tendrían que demostrar que tienen ese derecho. Y en el caso de la servidumbre de paso, que es una servidumbre discontinua, solo se puede adquirir con justo título. Es decir tiene que constar y acreditar el título, no basta con la mera tolerancia.

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