Persona fallecida con transf periódica vigente y cuenta aun no bloqueada

Una persona fallece y existen órdenes de transferencias automáticas cada mes, a una cuenta donde esa persona también es titular junto con otra, y es dentro de la misma entidad. Si la cuenta aún no está bloqueada y posterior al fallecimiento se emite una de esas transferencias, ¿ésta se debería retroceder? Pues el saldo a fecha de defunción ya no será el mismo

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Se debe comunicar el fallecimiento a la entidad, que bloqueara las cuentas, y solo en algunos casos, podrá retroceder la transferencia. Pero hay que estudiar el caso concreto.

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Como dice la respuesta anterior, se debe comunicar a la entidad el fallecimiento para que finalicen las transferencias dado que al ser la otra cuenta compartida con otra persona, ese segundo titular de la cuenta tiene derecho al 50% del saldo que conste en la cuenta. Dependiendo de los herederos no tiene por que existir problemas, aunque se debe tener muchas cosas en cuenta. Como abogado no es la primera vez que me he encontrado con esta situación. Pudiendo dar una respuesta satisfactoria.

Espero haberle ayudado. Si tiene dudas puede contactar conmigo en [email protected] o en el 617003813. Reciba un saludo y ruego finalice pregunta

La entidad sabía del fallecimiento pero las cuentas aún no estaban bloqueadas cuando se emitió la transferencia automática(posterior a dicho fallecimiento), es por esto que nos surge la duda si se debe retroceder o no el abono, teniendo en cuenta que el saldo que había en la cuenta inicial a fecha de fallecimiento no va a coincidir, y también que ese saldo corresponde a los herederos, no al segundo titular de la cuenta de abono.

En caso de retrocesión, ¿puede el segundo titular reclamar ese saldo? Porque a mi parecer no le corresponde, si no que corresponde a los herederos

Y en caso de no retrocesión serían los herederos los perjudicados

Gracias

La cantidad transferida efectivamente debe ser devuelta por cuanto los bienes del causante deben ser lo que tenía en el momento fel fallecimiento y toda la masa de su patrimonio debe constar en la masa del relicto. A parte que quien actuó mal fue el banco.

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