¿Se puede anular un seguro de vida después de la firma de la escritura?

La semana pasada firmamos una escritura y con la hipoteca tuvimos que contratar un seguro de vida con la entidad bancaria y la verdad es que es bastante elevado. Nos han comentado que una vez firmada la escritura puedes darte de baja de este seguro y te devuelven el dinero. ¿Es posible o es obligatorio tener este seguro por el tiempo de la hipoteca? ¿Deberíamos avisar a la entidad bancaria para que nos lo anulen?

4 respuestas

Respuesta
1

A ver, el banco te puede exigir que te hagas un seguro de vida para concederte un préstamo, está en su derecho. AHORA BIEN, no pueden obligarte a que sea contratado con la aseguradora que ellos te impongan, si no que, en teoría, puedes elegir con quién hacerlo (aunque esto es pura teoría y nunca se cumple, pues te obligan a hacer con ellos lo que quieran).

El hecho de que ya hayas firmado las escrituras no cambia ni influye en nada. No te lo van a devolver. Entiendo que era una condición para concederte la hipoteca. Otra cosa es que, si el seguro es anual renovable, al año que viene busques otra aseguradora, LA QUE TU QUIERAS, NO LA QUE TE IMPONGAN, con la que seguro que pagarás menos. Si te han hecho un seguro por los años de la hipoteca, me temo que aún es más difícil recuperarlo, ya que su precio te lo habrán financiado en el préstamo que te han dado.

Los bancos abusan de sus clientes en el tema de los seguros. Obligan a contratar pólizas de baja calidad, más caras, y en las que en caso de problemas no tendrás a nadie que te defienda; el empleado bancario te remitirá a un 902 donde cientos de operadoras esperan para "ayudarte"... Hay que pelear para que cada uno contrate los seguros que quiera con quien quiera, y no esperar la imposición del banco.

Por otra parte, siempre es saludable tener un seguro de vida que ampare la totalidad, o parte, de las deudas que tengamos. Las cosas pueden pasar aunque no lo pensemos y si ocurren pueden acarrear graves problemas para los que se quedan.

Hola, tenia entendido que por ley no te pueden obligar a contratar ningún seguro, que simplemente pierdes la bonificación correspondiente en la hipoteca.

A nosotros nos han metido el importe del seguro en la hipoteca y es por su tiempo total.

¿Al ser reciente la firma y no haber pasado muchos días estarían obligados a devolver el importe?

Gracias por la rapidez!

Claro que no te pueden obligar, con la ley en la mano. Únicamente sí está regulado por ley la obligatoriedad de contratar un "seguro de incendios" sobre la vivienda hipotecada, pero NUNCA TE PUEDEN OBLIGAR A HACERLO CON SU COMPAÑÍA DE SEGUROS.

Otra cosa es que te 'obliguen' a tener un seguro de vida cuando te conceden un préstamo. Obligación entre comillas, ya que por escrito no te lo van a poner. Y tampoco dirán que es una obligación, simplemente, si no lo contratas no te lo conceden. Pero están en su "derecho" a 'obligarte' a tener un seguro de vida que cubra todo o parte del préstamo. Lo que no pueden hacer es lo que te han hecho, meterte un seguro por toda la duración de la hipoteca, con carácter obligado y con su compañía de seguros.

No te van a devolver nada, porque está financiado ya en la hipoteca. Podrías pelearlo solicitando la anulación del seguro dentro del plazo legal de un mes para revocar la supuesta solicitud que debiste firmar. Inténtalo, pero va a ser una pelea ardua, porque este tipo de compañías te ponen todas las dificultades del mundo. Siempre todo por escrito y con acuse de recibo para ti.

Respuesta
1

Todo dependerá de lo que venga estipulado en el contrato de la hipoteca de todas formas ustedes están en su derecho de anular la póliza durante el primer mes de contrato según el art. 83 de la Ley del Contrato de Seguro,

Artículo ochenta y tres a).

1. El tomador del seguro en un contrato de seguro individual de duración superior a seis meses que haya estipulado el contrato sobre la vida propia o la de un tercero tendrá la facultad unilateral de resolver el contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna dentro del plazo de 30 días siguientes a la fecha en la que el asegurador le entregue la póliza o documento de cobertura provisional.

Así que envíe burofax a la compañía pidiendo la anulación y si le obligan a contratar un seguro de vida le recomendamos que lo haga con un corredor de seguros que le asesorara mucho mejor y le cobrará mucho más barato.

Respuesta
1

El experto José Luis le ha asesorado muy bien. Será difícil que le devuelvan la prima del seguro de este año, pero el año que viene puede buscarse un seguro por su cuenta. Un mes antes de que venza la fecha del seguro, informe por escrito a su banco (y con copia sellada del registro del banco) que va a cancelar el seguro de vida por otro, de ese modo evita que le cobren la prima automáticamente y el lío de tener que pedirlo al banco. La conveniencia o no de contratar un seguro de vida es decisión suya dependiendo de sus circunstancias (si está casado, con hijos, quienes heredarían la deuda hipotecaria, si podrían ser embargada su familia, si tiene otra casa alternativa...). El problema del seguro es que se lo dan ahora por la hipoteca y le han visto que usted está como un roble. Pero en el futuro, cuando usted se sienta mal (Dios no lo quiera) no habrá quien le haga un seguro de vida, sea el banco u otra empresa de seguros.

Gracias pero el seguro que hemos contratado no es anual sino por el tiempo de la hipoteca, es decir nos han metido el importe del seguro dentro de la hipoteca ya que es bastante elevado. Y puesto que lo hemos contratado nos bonificamos un % en la hipoteca. Entonces me gustaría saber si podemos cancelar el seguro ahora que es reciente y aun no ha pasado ni un mes de la firma y como lo podemos hacer, aunque esto repercuta perder la bonificación de la hipoteca.

Gracias!

Es decir, creo entender, que ustedes con cada cuota mensual están pagando la hipoteca y el seguro de vida. Los dos están vinculados. Todo lo que se contrata se puede descontratar. Este tema es para consultar con el abogado de consumidores de su ayuntamiento, antes de tratarlo con el banco (por si ellos lo solucionan sencillamente, cosa que dudo) y con un abogado.

Respuesta
1

Creo que si se puede lo que ocurre que no te dejaran anularlo menuda es la banca. El seguro creo que no es obligatorio pero si aconsejable pues en caso de fallecimiento quedaría solucionada la hipoteca sobre la vivienda; en caso contrario o se sigue pagando por los herederos o se pierde la vivienda.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas