Se acepto la herencia pero nunca se escrituro en el registro... ¿Qué hacer?
En 1990 falleció el padre de mi pareja, y al estar separado por aquel entonces la herencia paso a ser de sus 4 hijos.
Se acepto en el notario la herencia a partes iguales entre los 4 hermanos, la herencia constaba de un inmueble, ese inmueble durante los años fue y sigue siendo la residencia habitual de uno o varios hermanos, desde entonces la vivienda en cuanto a registro de la propiedad consta a nombre del fallecido por que no se escrituro a nombre de los hijos al ser menores.
Mis preguntas son...
- ¿Están obligados los hermanos a inscribir esa vivienda en el registro de la propiedad?
- ¿Con la aceptación de herencia y el cuaderno de particiones en notaría del bien es suficiente para que cada uno disponga de un 25%? ¿O hace falta algún tramite obligatorio? ¿De ser así habría prescrito ya la obligación?
No hay intención de vender el inmueble, ¿pero puede reclamarles hacienda alguna cantidad más allá del IBI que se paga religiosamente?