Quisiera saber cuando o dada que situación puedo solicitar la extinción de contrato laboral?

Mi empresa nos pago la nomina de mayo fraccionada una mitad en junio y la otra mitad en julio. La nomina de junio, de momento nos ha pagado la mitad de ella en agosto y posiblemente nos pague la otra mitad en septiembre. En mi trabajo tenemos 12 pagas y lo que vendrían a ser las dos pagas extras están prorrogatadas. Dada esta situación, es posible solicitar la extinción del contrato laboral o a que circunstancia debería aguardar.

1 respuesta

Respuesta

Puedes extinguir la relación laboral por retrasos continuados en el pago de salarios, sería vía judicial: inicias el trámite con una papeleta de conciliación y si no llegáis a un acuerdo iríais a juicio. Lo habitual es esperar a que se retrasen al menos 3 meses para iniciar este tipo de reclamación.

Hola Bergenz, gracias por su respuesto, disculpe pero para que me sea del todo claro, cuando me dice que al menos espere 3 meses, se refiere a que adeuden 3 meses por completo?

Me refiero a que al menos se retrasen en el pago en tres mensualidades diferentes. Por jurisprudencia al menos deben retrasarse o deberte tres mensualidades para conseguir la extinción de la relación laboral con derecho a indemnización.

mayo, aunque en dos veces esta pagada por tanto se atrasaron

junio, esta media paga se han atrasado

julio, de momento no esta pagada se han atrasado

Por mas que se hayan atrasado en 3 mensualidades, contabilizan solo si siguen por estar sin pagar por completo. De manera que mayo no contabilizaría como uno de estos 3 meses, estoy en lo correcto?

Muchas gracias de nuevo

Ya tendrías las tres mensualidades, mayo retraso + junio parte pendiente + julio pendiente.

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