Si la empresa deniega la autorización o simplemente no contesta, la postura del trabajador puede ser o bien impugnar la denegación o falta de contestación ante los Tribunales y continuar trabajando en la empresa, o bien situarse de forma unilateral en situación de excedencia.
Si el trabajador continúa trabajando en la empresa e impugna la decisión empresarial, serán los Tribunales los que finalmente determinen si puede llegar a acceder o no a esa situación, en cuyo caso el trabajador podrá haber visto frustrado su derecho o simplemente verlo perjudicado por el retraso en su ejercicio. A dicha acción podrá acumular una reclamación por los daños y perjuicios que la denegación le ocasione.
Si el trabajador se sitúa en situación de excedencia sin la autorización empresarial, este comportamiento puede implicar que la empresa ante su ausencia no justificada en su puesto de trabajo pueda proceder a su despido disciplinario, y en estos supuestos los criterios judiciales más recientes tienden a valorar las circunstancias concurrente en orden a poder salvaguardar el derecho a la excedencia.
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