Reparto de herencia en Galicia

Hace un mes que falleció mi madre. En su testamento deja un piso, que estaba a su nombre, a favor de mi hermana y el dinero que hay en el banco a favor mio y de uno de sus nietos por partes iguales. Ella estaba casada en gananciales y el piso era herencia de sus padres. Mi padre que aun vive, reside en otro piso, que es donde vivían los dos, pero que está a nombre de él, también por herencia de sus padres. La cuenta del banco está a nombre de mi padre y de mi madre. El valor del piso es de unos 150000 euros y en la cuenta tienen 20000. ¿Cómo se repartiría si todos aceptáramos la herencia? ¿Puedo reclamar más al no llegar al mínimo de legitima que me corresponde? ¿Cómo se distribuirían los gastos en caso de aceptar? ¿Mi hermana para poder poner el piso a su nombre que tendría que pagarme si reclamo la legitima?

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Sin saber los detalles del testamento, vamos a intentar resolverlo, aunque es el notario el que más sabe de testamentos:

-Su madre heredó un piso que es un bien privativo de ella que no entra en el régimen de gananciales. Su padre no tiene derecho sobre el piso.

-El dinero de la cartilla de ahorros, como está a nombre de los dos (madre y padres) y son 20.000 euros, 10.000 son para su padre y los otros 10.000 son para usted (5.000) y el nieto (5.000).

La herencia tiene un valor de 170.000 euros, como interpreto que su madre, el tercio de mejora se lo ha dado a su hermana, solo queda de la legítima un tercio de 170.000 que son 56.666,66 euros. La legítima solo la reciben obligatoriamente los hijos de la fallecida que es su hermana y usted, por tanto, 56.666,66 se divide entre dos, que son 28.333,33. Como su madre ha querido que usted reciba del dinero 5.000, a este dinero hay que sumarle la legítima obligatoria. Usted tendría que recibir en total 33.333.33 euros de la herencia de su madre. Pero si hermana solo le tendría que pagar 28.333,33 euros.

Evidentemente el notario es el que tiene la última palabra y no me comprometo a que esto sea exactamente así.

Hola. Es en Galicia y creo que la legítima tenía otros porcentajes según oí por ahí. ¿son 2/3 entonces o es otra división? Gracias y saludos.

La legítima son 2/3 y de esos dos tercios 1/3 es de mejor. No sé si al darle a su hermana el piso le dio el tercio de mejora. ¿Lo dice ella en el testamento?

No, no dice nada de haberle dado el tercio de mejora a ella, pero valorando el piso yo creo que ya iría incluido ya que es el único valor junto con el poco dinero de la cuenta corriente ¿no?

Si no dice nada los 2/3 son la legítima. En ese caso el valor de los bienes y dineros es de 170.000. El 2/3 de 170.000 sería de 113.333,33. Al dividir entre dos hermanos, su legítima serían 56.666,66.

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