Que obligaciones fiscales tiene mi chica que se ha dado de alta como masajista, que modelos debe entregar en hacienda

Se ha dado de alta el pasado día 1 de agosto y según creo debe presentar el modelo de iva ( no se cual es ) repercutido descontado de lo abonado así como el mod de IRPF ( no se cual es )y si debe cumplimentar alguno más os agradecería me lo dijerais.

3 Respuestas

Respuesta

Exacto IVA e IRPF.

Lo ideal sería que se pusiese en manos de un profesional.

Respuesta
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Debe liquidar IVA e IRPF trimestralmente.

Si se ha dado de alta en Agosto el primero a liquidar es el tercer trimestre, que se hace entre el 1 y el 20 de Octubre.

Puede tener algunos casos especiales en que no deba aplicar IVA. Por ello te recomiendo los servcios de un experto.

No dudes en consultar con nosotros en [email protected]. Estaremos encantados de ayudaros en todo lo necesario.

Respuesta

Si los masajes que realiza son tratamientos prescritos por un médico, están exentos de IVA (debe emitir factura, pero exenta de IVA)

Si los masajes que realiza no están realizados por orden de un médico para el diagnostico, prevención o tratamiento de enfermedades, tendrá que aplicarse el IVA que en este caso al ser un servicio sería el 21%. Y deberá presentar trimestralmente la correspondiente liquidación del Iva (además del resumen anual).

También debe liquidar trimestralmente el IRPF.

Al darse de alta en agosto, el primer trimestre que debe presentar es el tercero (del 1 al 20 de octubre).

Te recomendamos que se ponga en manos de un experto para el cumplimiento de sus obligaciones legales, contables y fiscales.

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