¿Cuál es el mecanismo para evitar que los acreedores de uno de los herederos puedan hacerse con su herencia?

Fallecidos los padres de tres hermanos, comienza el proceso de aceptación de la herencia. Fincas rústicas, lonjas, pisos, acciones y dinero en cuentas bancarias. El problema surge en que uno de los tres hermanos arrastra una deuda importante de un antiguo negocio de hace 20 años, donde siguen los acreedores de las deudas notificando el requerimiento del pago de las mismas. Este hermano es insolvente y no tiene nada a su nombre.

Mi pregunta sería cuál es el mecanismo para evitar que los acreedores puedan hacerse con su parte de la herencia y cómo pueden los tres hermanos entenderse para que ese hermano pueda recibir el 33% que le corresponde de la herencia de sus padres sin tener problemas ni unos ni otros.

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Lo primero recomendarle se pongan en manos de un abogado, que les ayuden con su caso concreto.

Si su hermano no renuncia expresamente, los acreedores pueden ir contra la herencia yacente, incluso antes de la adjudicación.

Luego hay que estudiar el caso concreto. No es lo mismo si esta persona tiene hijos o no...

Si tiene deudas en cuanto tenga algo a su nombre, se lo embargaran...

Muchas gracias por su respuesta.

Según el art. 1001 del Código Civil “Si el heredero repudia la herencia en perjuicio de sus propios acreedores, podrán estos pedir al Juez que los autorice para aceptarla en nombre de aquél”   

Es decir, el repudiar la herencia expresamente y, por lo tanto, mediante documento público firmado en notaría, solo podría agravar la situación, ya que se pueden enterar fácilmente los acreedores de que renuncia a la herencia y presentarse ante el Juez.

Mi pregunta va más allá de la renuncia o aceptación de la herencia. Me gustaría saber el vacío legal que pueda existir para poder evitar que ese hermano no se quede sin herencia y además no perjudique a los otros dos hermanos, ya que puede haber adjudicaciones partidas de los bienes. 

He leído en algún foro que con aceptando la herencia en un documento privado ante notario sería complicado que los acreedores puedan enterarse de que ha recibido herencia. 

Me gustaría si alguien ha tenido un caso similar pueda aconsejarnos. Gracias

Los documentos privados solo tienen validez entre las partes. Si no se renuncia a la herencia o no se acepta (aunque sea a titulo de inventario), los acreedores pueden ir contar la herencia yacente. Si ustedes lo hacen en un documento privado, para los terceros, seguirá siendo una herencia yacente.

Por lo tanto, los acuerdos privados, no solucionan el problema, mas que entre ustedes.

No sé si estaría de acuerdo usted en que los acreedores tendrían muy difícil saber si han fallecido los padres y si hay herencia yacente. Para cuando puedan detectarlo, los bienes ya no estarían. Y no sé hasta que punto  irían ante un juez para pedir alzamiento de bienes, cuando esa persona es insolvente. Desde mi punto de vista, lo que se buscaría es tiempo para poder "manejar" esa herencia.

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