Duda: tipo de IVA de los arrendamientos de vivienda urbanos

Estoy pensando en convertirme en autónomo en la actividad de intermediación inmobiliaria. Por tanto, lo que haría sería gestionar viviendas urbanas de propietarios y tengo pensado alquilarlas luego por mi cuenta, pagando al final de mes un porcetaje acordado al propietario.

El caso es que he leído que los alquilares, si son destinados a vivienda habitual, no tienen IVA. Sin embargo, yo tengo pensado realquilar muchas veces a turistas por poca estancia, que usarán las propiedades como vivienda aunque no de forma "habitual".

Mi pregunta es, ¿Tengo qué efectivamente cotizar IVA? ¿Si es así, qué tipo sería? Y por último, ¿Cómo facturaría a los clientes que me lo soliciten si no facturo IVA?

Muchas gracias expertos! Sus respuestas me serían de mucha utilidad.

2 Respuestas

Respuesta

Es una pregunta compleja, pues la vivienda está exenta y el uso turístico de los inmuebles puede estarlo o no, dependiendo de qué servicios accesorios presten.

Si tu actividad es la intermediación sería actividad sujeta y al 21%, pero sólo la parte que corresponda a tus servicios.

Respuesta

Yo creo que aquí lo que haces es una función de intermedicion es viene el alquiler estaría exento la intermediación inmobiliaria esta sujeta al 21

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