Tengo una agudeza visual de 0,016 en ambos ojos, ¿Tendría derecho a una gran invalidez?

Tengo concedida una incapacidad absoluta por diabetes tipo 1, polineuropatia diabética moderada severa y retinopatia diabética, he tenido un empeoramiento de agudeza visual por isquemia macular irreversible quedando la visión en 0,016 en ambos ojos,¿tendría derecho a volver a pasar el evi para una gran invalidez?.

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En primer lugar debes mirar en la resolución del INSS en el que te reconoce una incapacidad permanente en grado de absoluta la fecha de revisión, para saber a partir de que fecha puedes iniciar un procedimiento de revisión.

En la gran invalidez lo que se debate principalmente es si tus limitaciones te impiden realizar tus actividades de la vida diaria, es decir, que necesites a una tercera persona para su realización.

Si que es factible iniciar un procedimiento de revisión, pero antes debes preparar toda la documentación medica que acredite que desde que te concedieron la incapacidad permanente en grado de absoluta ha habido empeoramiento, asimismo te facilito el nombre de un test: TEST DE BARTHEL, que te ayudará a conseguirla. Es un test que te lo debe pasar un médico en el que se establece el grado de dependencia de una tercera persona para la realización de las actividades básicas de la vida diaria.

Agradezco que si te ha sido útil mi respuesta, que me dejes un comentario en GOOGLE

https://www.google.es/webhp?sourceid=chrome-instant&rlz=1C1MSIM_enES620ES620&ion=1&espv=2&ie=UTF-8#safe=active&q=ags+GRADUADOS 

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Em marzo de este aňo me reconocieron una incapacidad absoluta por problemas visuales irreversibles. Presente escrito de reclamación previa para gran invalidez y me vino denegada. El día 23 de noviembre de 2015 tengo juicio para sokicitar gran invalidez ante juzgados. Mi agudeza isual es 0,01 en ambos ojos con corrección. Hay dos sentencias del tribunal supremo recientes que la puedes consultar por internet que son de fecha 3/3/2014 y otra del 10/02/2015 que resolverán tus dudas y son bastantes aclaratorias.

¡Gracias! Ya tengo las sentencias que me has indicado del tribunal supremo, no entiendo como existiendo estas sentencias no dan directamente la GI.

Un saludo

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