Demanda contra banco por canacelación unilaterial de acuerdo de compraventa
En Febrero de 2015 firmamos un acuerdo de reserva de parcela urbanizale con un banco. Entregamos una señal de 1500€ y nos informan que en 30 días se firman las arras.
En el mes de Abril nos instan a firma la escritura, pero resulta que para ese entonces la parcela no está registrada catastralmente y tampoco recepcionada por el ayuntamiento, algo que hace inviable la escritura.
Desde entonces, cada 15 días seguimos con incomprensible acción de tener que solicitar al banco las prórrgas, cuando no somos nostoros los que tenemos problema alguno para firmar.
En cada solitud de prórroga hemos incluido que nos faciliten plazos estimados, estado de la situación,... Pero salvo dos pequeños detalles, nunca hemos recibido información clara ni del estado, ni del tiempo que faltaba para poder firmar la escritura.
En septiembre nos instan de nuevo a firmar. Comprobamos que la parcela todavía no está registrada en el catastro y el banco quiere que firmemos con una "claúsula de subrrogación al proceso catastral" algo a lo que nos negamos porque tampoco ha sido recpecionada por el Ayuntamiento. Además les solicitamos que debe quedar incluido en la escritura la resolución de las servidumbres aparentes y no aparentes.
A partir de este momento las cosas se paralizan. Ya no parece que tengamos que pedir más prórrogas. Pasan los días y ante la falta de información y desamparo, amenazamos con demandar el proceso tanto a API como al banco. Es entonces cuando a finales de octubre nos llaman de la API que el banco dice que esa parcela tiene "problemas" administrativo jurídicos (suponemos que con el tema de las servidumbres) y que no puede ser vendida. Su solución es que nos devuelven el dinero y que "donde dije digo digo Diego".
Evidemente nuestra decisión no es quedarnos de brazos cruzados. Llevamos 9 meses esperando, asumiendo gastos de alquiler, suministros, guardamuebles... Queremos seguir optando a la parcela ya que es una buena oportunidad. Entendemos que el banco no puede decidir "después de tanto tiempo" (9 meses), que ahora la parcela no es vendible. Pensamos que esto es algo que deberían haber valorado antes de ponerla a la venta. Y no se puede resolver con la simple devolución del dinero señalizado. Entendemos que de haberse cometido un error por su parte, deben asumir gastos que nosotros hayamos soportado, además de daños y perjucios o dolo.
Nos gustaría recibir alguna opinión al respecto en este sentido. Nos vamos a poner en manos de abogados, pero nos interesa saber otras experiencias.