Ser asalariado de una empresa con sede en la UE, y vivir en España

Me gustaría saber cómo funcionaría la fiscalidad del asalariado de una empresa británica que reside en España:
¿Podría dicho asalariado cotizar íntegramente en el Reino Unido, sometiéndose a la fiscalidad británica, incluyendo esto los impuestos aplicables y su cotización para jubilación?
¿Debería la empresa británica ajustarse a los tipos impositivos españoles y contratarle con las mismas condiciones con las que contratan las empresas españolas, dejando dicha cotización en manos del Estado español?
¿Existe alguna opción intermedia o es obligatoria alguna fiscalidad especial?

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Respuesta

Esta es una cuestión compleja y le recomendamos se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web.

Si usted vive en España, será residente fiscal aquí y tributara por todas sus rentas mundiales en España.

Por otro lado, esta el tema de la empresa, que en determinados casos se podría interpretar que tiene un establecimiento permanente en España y por lo tanto tributar aquí por las actividades realizadas. Y por otro la seguridad social, que durante algún tiempo le permitiría acogerse al sistema británico, pero comunicando la expatriación... Pero normalmente tendría que estar dado de alta en la seguridad social en España.

En muchos casos, y si solo es para un empleado, suele hacerse autónomo y facturar a la empresa extranjera.

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